El Juzgado Mercantil número 1 ha dejado visto para sentencia el pleito que las principales televisiones y radios españolas mantienen contra Meta por competencia desleal en el mercado de la publicidad digital, con 160 millones de euros reclamados.
La pugna pericial que decide el pleito
Las partes comparecieron ayer ante el juez, dos años después de la presentación de la demanda, en una vista marcada por el enfrentamiento entre los cuatro informes periciales —dos sobre publicidad y otros dos sobre impacto económico— y por la discrepancia sobre el funcionamiento real del negocio publicitario.
El bloque demandante sostiene que Meta comercializó publicidad personalizada con datos personales de los usuarios sin base jurídica entre mayo de 2018, mes en el que entró en vigor el Reglamento General de Protección de Datos, y octubre de 2023. Los peritos de Presidentex, Agustín Medina y Francisco González, defendieron en la vista que esos datos resultan esenciales para segmentar las campañas y dirigir los anuncios a públicos concretos.
La representación de la tecnológica cuestionó la metodología del informe y sostuvo que no se ha acreditado una relación causal entre el tratamiento de datos y el crecimiento de sus ingresos publicitarios. La defensa de Meta añadió que la eficacia publicitaria depende de múltiples factores, entre ellos la participación de los usuarios y la tecnología empleada, y no solo del volumen de datos disponibles.
Uno de los puntos de mayor discusión fue la definición de la publicidad display y su peso en el mercado, una variable que condiciona el cálculo del perjuicio. El importe reclamado, 160 millones de euros, procede de estimaciones construidas, entre otros materiales, con datos atribuidos a la CNMC; los peritos de la parte demandante reconocieron las limitaciones de su método y lamentaron la falta de datos oficiales de Meta para una comparación directa. El abogado de la compañía respondió que esa información nunca les fue solicitada.
El desenlace del pleito mide el valor económico que el sector audiovisual atribuye a los datos personales en el mercado de la publicidad digital.
Quién litiga y qué se reclama
El bloque demandante reúne a los principales operadores audiovisuales y radiofónicos del país, una alianza poco habitual en los tribunales. Por un lado figuran Atresmedia y Mediaset, junto a Trece, integrados en la patronal UTECA; por otro, SER, Cope, Onda Cero y RAC1, miembros de la AERC.
- Periodo reclamado: de mayo de 2018, con la entrada en vigor del reglamento europeo, a octubre de 2023.
- Importe: 160 millones de euros, cifra que la defensa de Meta no rebatió con una estimación alternativa.
- Prueba: cuatro informes periciales, dos sobre el mercado publicitario y dos sobre el perjuicio económico.
- Posición de la tecnológica: niega la ventaja competitiva ilícita y discute el cálculo de los daños.

El litigio se presentó hace dos años, en un contexto de escrutinio regulatorio sobre el uso de datos personales por parte de las plataformas y de discusión sobre el reparto de la inversión publicitaria digital. En paralelo, el sector editorial español ha seguido una vía judicial semejante frente a Meta, con la Asociación de Medios de Información (AMI) como promotora.
Las conclusiones de la vista mantuvieron las posiciones de partida. El abogado de los medios incidió en que la información de los usuarios no solo afecta a su privacidad, sino que constituye un recurso económico esencial para la segmentación y la comercialización publicitaria. La defensa de la plataforma replicó que no se ha demostrado ni la infracción alegada ni la relación causal con el supuesto perjuicio.
El precedente de la AMI y el calendario judicial
La sentencia de este pleito se conocerá a partir del 14 de enero de 2027, una vez celebrada la vista del recurso de apelación que Meta presentó en el litigio con la AMI. El calendario busca preservar la coherencia doctrinal entre dos procedimientos distintos pero con paralelismos jurídicos.
En aquel caso, el Juzgado de lo Mercantil número 15 de Madrid condenó el año pasado a la tecnológica a pagar 479 millones de euros a 87 editoras, una cifra que casi triplica la reclamación de las radios y televisiones. La comparación entre ambos importes ordena la lectura de negocio: el pleito audiovisual llega después y con una base pericial discutida por la defensa.
Para los grupos demandantes, el procedimiento fija posición sobre el valor económico de los datos en la cadena de valor publicitaria y sobre cómo se calcula el daño cuando el mercado digital cambia de modelo. Para Meta, el caso añade un frente judicial en España que se suma al de los editores. La sentencia de este pleito, prevista a partir de enero de 2027, actuará como referencia para futuras reclamaciones del sector audiovisual.
📡 El Radar del Sector
- El vacío que llena: El pleito traslada al terreno judicial la disputa por el valor de los datos personales en la publicidad digital, sin doctrina consolidada en España.
- El reto por delante: Los demandantes deben sostener una estimación de daños que su propio perito reconoció limitada por falta de datos de la plataforma.
- El tablero competitivo: La resolución llegará después del precedente de la AMI, que ya fijó una condena de 479 millones frente a 87 editoras.




