La CNMC abre expediente al sector del cartón ondulado por posibles prácticas anticompetitivas

El organismo realizó inspecciones en las sedes de varias entidades entre el 6 y el 9 de octubre, un paso previo a la posible incoación del expediente. La ley contempla multas de hasta el 10% del volumen de negocios para este tipo de conductas.

La CNMC inspeccionó entre el 6 y el 9 de octubre las sedes de varias empresas de cartón ondulado y analiza posibles pactos de precios, reparto de clientes e intercambio de información sensible, paso previo a un eventual expediente sancionador.

Qué sospecha la CNMC y qué ha inspeccionado

El regulador de competencia investiga si las compañías del sector alcanzaron pactos de no agresión, se repartieron clientes, coordinaron precios e intercambiaron información comercialmente sensible. Las cuatro conductas aparecen en el comunicado difundido por el propio organismo a comienzos de este mes y encajan en el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia, que prohíbe los acuerdos o prácticas concertadas con efecto restrictivo sobre el mercado.

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Las visitas se desarrollaron entre el 6 y el 9 de octubre en las sedes de varias entidades del sector. La CNMC no ha identificado a las compañías inspeccionadas, algo habitual en esta fase, y recalca que las diligencias no prejuzgan el resultado de la investigación ni la culpabilidad de las empresas afectadas.

Conviene precisar el alcance jurídico. Una inspección es una actuación de instrucción, no una imputación. Solo cuando la Dirección de Competencia aprecia indicios suficientes se incoa el expediente sancionador y las compañías adquieren la condición de interesadas. Si el caso termina en resolución condenatoria, las conductas se calificarían como infracción muy grave, con multas de hasta el 10% del volumen de negocios del ejercicio anterior para cada empresa. La instrucción corresponde a la Dirección de Competencia; la decisión final, al Consejo de la CNMC.

El programa de clemencia funciona como palanca del procedimiento. La empresa que aporte pruebas suficientes para detectar el cártel puede obtener la exención total de la multa, y quienes colaboren después aspiran a reducciones. El incentivo va más allá del dinero: las compañías beneficiadas no arrastran la prohibición de contratar con las Administraciones Públicas si acaban sancionadas. La CNMC mantiene además abierto el canal de denuncia anónima SICA, pensado para empleados y terceros.

Una inspección no es una sanción: es el primer filtro de un procedimiento que puede diluirse o convertirse en una multa del 10% del negocio.

Todo depende ahora del material recabado. Si los indicios se consolidan, Competencia incoará expediente y se abrirá el turno de de alegaciones y de proposición de pruebas. Hasta la notificación de la resolución, la tramitación está sujeta a deber de confidencialidad, así que el detalle de la acusación puede tardar meses en trascender. Nada está probado.

Un sector concentrado con el papel como principal coste

El cartón ondulado es el envase por excelencia del gran consumo español: frutas y hortalizas, alimentación envasada, electrodomésticos y comercio electrónico. La oferta está dominada por grupos nacionales e internacionales, con Saica y Smurfit Westrock a la cabeza, seguidos por DS Smith e Hinojosa. Es una estructura relativamente concentrada, con productos poco diferenciados y contratos de suministro recurrentes. La CNMC no ha señalado a ninguna de estas compañías como investigada.

expediente CNMC

En mercados así, la coordinación es tentadora y rastreable a la vez. Pocos operadores, tarifas por listas, pujas repetidas por los mismos clientes y una materia prima —el papel kraftliner y el papel recuperado— que se encarece o abarata para todos por igual. El intercambio de información sensible, que la CNMC vigila aunque no exista un acuerdo explícito de precios, actúa como antesala o como sustituto del propio pacto.

Para los compradores, el desenlace se traduce en costes. El envase es un gasto recurrente y difícil de sustituir a corto plazo en alimentación o distribución hortofrutícola. Y si la investigación confirma un cártel, la vía civil queda abierta: la normativa comunitaria y su transposición española permiten reclamar daños una vez que la sanción sea firme.

El precedente que marca el terreno de juego

La CNMC acumula una década de expedientes por cárteles en bienes de consumo e insumos industriales. El sector lácteo sigue siendo la referencia: una quincena de empresas, multas millonarias y años de instrucción. El patrón se repite en casi todos los casos: conductas prolongadas en el tiempo, prueba documental compleja y un peso determinante para el material incautado en las inspecciones.

Hay que matizar el entusiasmo sancionador. Varias resoluciones del regulador han caído después en vía judicial por defectos de motivación o de valoración de la prueba, de modo que lo recabado en octubre pesará más que el relato del comunicado. El tiempo tampoco ayuda a la acusación: los procedimientos se alargan y las defensas se especializan.

Si se acreditara un efecto sobre el comercio entre Estados miembros, la Comisión Europea podría reclamar el caso dentro de la Red Europea de Competencia, un escenario relevante en un negocio con grupos multinacionales y plantas repartidas por varios países. Para el gran consumo, el asunto tiene un interés añadido: cualquier condena reabre el debate sobre los costes de envasado en un momento de márgenes estrechos en la distribución alimentaria.

El impacto bursátil es indirecto. Ningún fabricante de cartón ondulado puro cotiza en el Ibex 35, y los grandes grupos con presencia en España lo hacen en mercados internacionales. La lectura para el inversor llega por el lado de los clientes —distribución, alimentación y comercio electrónico— y por la cuenta de resultados de los fabricantes cuando se conozca el perímetro exacto del expediente. Por ahora, el mercado solo tiene un comunicado.

📊 Las Claves para el Inversor

  • Qué vigilar: El momento en que la Dirección de Competencia decida si incoa expediente y el listado de compañías que figure en ese acuerdo, el primer documento con nombres propios.
  • Reacción del valor: Sin representación en el Ibex 35, el impacto se traslada a las cotizadas internacionales del sector y, sobre todo, a los clientes del gran consumo, que afrontarían una revisión de costes si la sanción llega.
  • Precedente sectorial: El expediente del sector lácteo, cerrado con multas millonarias a una quincena de empresas tras años de instrucción, marca la pauta de plazos y de litigiosidad posterior.

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