
El Gobierno recupera la cuenta de ahorro SIALPFE con plusvalías exentas de IRPF de hasta 10.000 euros para invertir en empresas de la UE. El Consejo de Ministros ha vuelto a incluir ambos instrumentos en el decreto de vivienda, tras el rechazo del primer Real Decreto-Ley en el Congreso.
Si eres autónomo y tienes ahorro parado, esto te afecta de lleno. Son dos productos con trato fiscal propio: la Cuenta de Ahorro e Inversión Financia Europa y el Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo Financia Europa (SIALPFE). Ojo, porque no son lo mismo y las cifras cambian de uno a otro.
Cuánto puedes meter en la cuenta de ahorro a cinco años
La Cuenta de Ahorro e Inversión Financia Europa permite aportar hasta 150.000 euros por persona y se contrata a través de bancos y empresas de inversión. Está pensada para el ahorro minorista de largo plazo y cada titular puede tener una cuenta ordinaria, compatible con la de reinversión.
Las plusvalías no tributan mientras permanezcan dentro de la cuenta. A partir de los cinco años, las ganancias quedan totalmente exentas hasta 10.000 euros y exentas en un 20% por encima de ese límite.
En la cartera caben acciones de empresas localizadas en el Espacio Económico Europeo y fondos que inviertan al menos el 70% de su cartera en Europa y la mitad en renta variable. Eso sí, hasta que la CNMV no cree el registro de fondos elegibles —con un plazo máximo de cuatro meses—, la cuenta solo podrá incluir acciones.
El trato fiscal premia la paciencia: si sacas el dinero antes de cinco años, Hacienda te reclama lo ahorrado.
El SIALPFE sube el límite a 10.000 euros al año
La otra pata es el SIALPFE, una nueva modalidad del SIALP. Permite aportaciones de hasta 10.000 euros anuales, el doble del límite de 5.000 euros fijado para otros instrumentos similares.
Exige una inversión mínima del 30% en renta variable y no obliga a garantizar el capital. La garantía mínima del 85% que se mantiene en el SIALP ordinario y en la Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo no se exige aquí.
El rendimiento positivo queda exento si no se dispone del capital antes de que terminen los cinco años desde la apertura y se cumplen los demás requisitos. Los activos admitidos son acciones de compañías de la UE o del Espacio Económico Europeo —excepto socimis y entidades extranjeras análogas—, fondos financieros elegibles —salvo sicav—, y renta fija de entidades domiciliadas en el EEE con calificación mínima ‘BBB’. Quedan fuera los derivados.
La comercialización de este producto también queda condicionada a la orden de Hacienda sobre obligaciones de información tributaria. Hasta que la CNMV cree su registro de fondos, el SIALPFE podrá invertir en acciones y renta fija.
La letra pequeña: la exención llega si vendes una vivienda vacía
La segunda cuenta, la de reinversión, tiene un gancho distinto. Hacienda exime en el IRPF la ganancia patrimonial obtenida al vender viviendas que hayan estado desocupadas de forma continuada y sin causa justificada durante los dos años anteriores a la venta.
Para acogerse, la venta tiene que hacerse a administradores, organismos o empresas públicas dedicadas a la promoción y gestión de vivienda social y asequible. El margen temporal es amplio: el plazo expira el 31 de diciembre de 2027.
El precio debe quedar por debajo de 800.000 euros. La exención es automática y total hasta 200.000 euros y se reduce de forma progresiva hasta desaparecer en los 800.000 euros. Esta cuenta admite un máximo acumulado de 800.000 euros por contribuyente y las cantidades reinvertidas deben permanecer al menos cinco años.
Si las retiras antes, toca devolver el beneficio fiscal. La única excepción es el fallecimiento.
Qué mirar antes de contratar y por qué llega con retraso
Estos instrumentos no son nuevos. El Gobierno los diseñó y el primer intento naufragó en el Congreso. Que ahora se recuperen dentro del decreto de vivienda dice bastante: se usan como reclamo para para movilizar pisos vacíos hacia el alquiler social más que como una política de ahorro pensada de cero.
Para un autónomo, la letra grande es atractiva: plusvalías que no tributan mientras están dentro y exención parcial a cinco años. Pero el calendario real no depende del BOE, sino de dos trámites. La orden de Hacienda sobre información tributaria y el registro de fondos de la CNMV, que tiene hasta cuatro meses para crearse. Hasta entonces, la contratación está en el aire.
La duda razonable es el coste de oportunidad. Inmovilizar dinero cinco años a cambio de una exención del 20% por encima de los 10.000 euros exige echar cuentas: no siempre sale a cuenta frente a otras alternativas. Y si el objetivo es la vivienda vacía, el margen se agota el 31 de diciembre de 2027. Quien tenga un piso parado, ahí sí hay una ventana concreta que caduca.
Guía rápida del trámite
- 📅 Plazos: Contratación pendiente de la orden de Hacienda; la exención por venta de vivienda vacía se aplica a operaciones cerradas antes del 31/12/2027.
- ✅ Requisitos clave: Cuenta ordinaria hasta 150.000 euros; SIALPFE hasta 10.000 euros al año con al menos un 30% en renta variable.
- 🌐 Dónde solicitarlo: Se contrata en bancos y empresas de inversión, no en sede administrativa. La información fiscal se consulta en la sede electrónica de la AEAT.
- 💰 Importe o coste: Hasta 150.000 euros en la cuenta de ahorro y 10.000 euros anuales en el SIALPFE, con exención de plusvalías hasta 10.000 euros y del 20% por encima.
- ⚠️ Error a evitar: Retirar el dinero antes de cinco años en la cuenta de reinversión obliga a devolver el beneficio fiscal.





