
Puedes vender en Amazon sin ser autónomo si sueltas tus cosas usadas. Si compras para revender con continuidad, Hacienda ya lo considera negocio.
Qué separa una venta particular de una actividad económica
La clave no es cuánto facturas. La normativa considera autónomo a quien realiza una actividad económica habitual, personal, directa, por cuenta propia y lucrativa, y la ley le define por cómo desarrolla la actividad, no por lo que ingresa. No hay un umbral mínimo de ingresos: vender por debajo del salario mínimo no te libra de nada.
La etiqueta de Amazon tampoco cambia nada. La plataforma permite registrarse como vendedor individual, pero el plan Individual de Amazon no es un régimen fiscal. Es una categoría comercial.
Para que la venta se quede en el terreno particular, deberían cumplirse estas condiciones:
- Las ventas son esporádicas y no se repiten de forma organizada.
- Los artículos son tuyos y no los compraste para revenderlos.
- No mantienes stock ni repones mercancía.
- No haces publicidad ni trabajas con proveedores.
- Guardas los justificantes de compra y de venta.
Ese último punto evita más de un disgusto. Si vendes un bien usado por menos de lo que te costó, no hay ganancia que declarar y la pérdida por el uso personal tampoco es deducible. Si lo vendes por más, aparece una ganancia patrimonial que va en el IRPF, en la renta del modelo 100.
Hacienda no mira cuánto has facturado, mira cómo lo has hecho: la habitualidad enciende la obligación, no la cifra.
Las señales que activan el alta en el RETA y el modelo 036
El alta deja de ser opcional cuando aparecen estas señales:
- Compras productos para revenderlos.
- Dispones de stock.
- Repones mercancía.
- Vendes todos los meses.
- Trabajas con proveedores.
- Inviertes en publicidad.
Cuando eso ocurre, toca presentar el modelo 036 —o el 037, su versión simplificada— antes de iniciar la actividad y comunicar el epígrafe del IAE y las obligaciones de IVA e IRPF. Se presenta en la sede electrónica de la AEAT.
Y si la actividad es habitual, personal, directa y con ánimo de lucro, el alta en el RETA va antes de la primera venta como negocio. La solicitud se hace en el portal Importass de la Seguridad Social.
Ojo con la cifra de los 35 artículos: Amazon orienta su plan Individual a quien prevé vender menos de ese número al mes, pero es un criterio comercial. Vender 34 productos cada mes no te convierte en particular ante Hacienda. Y si despachas a consumidores de otros países de la Unión Europea, entra en juego la ventanilla única de IVA del comercio electrónico.

Vender de forma irregular: del 50% al 150% de lo no ingresado
Este es el tramo caro. Hacienda puede reclamar el IVA y el IRPF que no ingresaste, más los intereses de demora, que son una figura distinta de la sanción. Si existe una cantidad dejada de ingresar, la sanción va del 50% al 150% de esa cantidad, según la gravedad.
La Seguridad Social va por otro camino: puede dar el alta de oficio con efectos retroactivos y reclamar las cuotas pendientes con sus recargos. No solicitar el alta cuando corresponde es una infracción grave y, en una actuación inspectora, la multa va de 3.750 a 12.000 euros.
Y hay un tercer ojo, la DAC7. Las plataformas digitales comunican información de sus vendedores a las autoridades fiscales. No es un impuesto nuevo, es un intercambio de datos que permite a Hacienda cruzar tus ventas con lo declarado. El cruce salta solo.
El error más repetido es confundir vender poco con vender de forma esporádica. No es lo mismo. También falla quien no guarda la factura de compra: sin ella no hay forma de demostrar que vendiste por debajo de lo que pagaste. Y un clásico, retrasar el alta hasta llevar meses vendiendo. Para entonces, la DAC7 ya ha hecho su trabajo.
Por qué la DAC7 deja sin argumentos al vendedor ocasional
Hasta hace unos años, Hacienda dependía de una inspección o de un aviso para saber que alguien vendía de forma continuada en una plataforma. Con la DAC7 en marcha, cada operador remite la información de sus vendedores a la administración tributaria. Ya no se trata de si Hacienda se entera, sino de cuándo abre el expediente, y eso estrecha el margen del que vende sin declarar.
La norma acierta al no fijar un mínimo de ingresos: un umbral convertiría el fraude en una cuestión de aritmética. La otra cara es que el límite se llama habitualidad y no tiene número. El consejo práctico es el de siempre: si compras para revender, tienes stock, y repones, ya estás dentro, da igual el importe. Regulariza antes de crecer y guarda cada justificante.
Queda la parte europea: las ventas a consumidores de otros países de la UE tienen reglas propias de IVA y su ventanilla única. Si el volumen sube, ese es el siguiente trámite que conviene atar.
Guía rápida del trámite
- 📅 Plazos: No hay fecha trimestral. El alta censal (036 o 037) y la del RETA se presentan antes de iniciar la actividad; si no, la Seguridad Social puede dar el alta de oficio con efectos retroactivos.
- ✅ Requisitos clave: Ventas esporádicas de bienes propios, sin stock ni reposición, quedan fuera del alta. Comprar para revender, reponer mercancía o vender cada mes sí obliga.
- 🌐 Dónde solicitarlo: El modelo 036, en la sede electrónica de la AEAT con certificado digital o Cl@ve. El alta del RETA, en el portal Importass de la Seguridad Social.
- 💰 Importe o coste: El alta no tiene tasa. Si la actividad es habitual, asumes la cuota del RETA y la liquidación de IVA e IRPF. Sin regularizar, la sanción va del 50% al 150% de lo no ingresado.
- ⚠️ Error a evitar: Creer que vender por debajo del salario mínimo o por debajo de los 35 artículos al mes te libra del alta. El criterio legal es la habitualidad, no la cifra.




