La deducción de 1.000 € oculta en la Declaración de la Renta 2022

El borrador de la Declaración de la Renta 2022 no sólo contiene errores, sino omisiones graves en las deducciones. En total, hay más de 200 casillas para poder rebajar la factura fiscal, pero algunas de ellas no se aplican de forma automática, incluso si se cumplen los requisitos. En este sentido, este ahorro está oculto y miles de contribuyentes lo desconocen por completo, pese a tener derecho a ellas.

La Agencia Tributaria ofrece a los contribuyentes un borrador en base a los datos facilitados por el contribuyente en su última Declaración de la Renta, es decir, en este caso la correspondiente a 2021; o bien, si es la primera vez, en base a los datos obtenidos en la Seguridad Social. El fisco, no obstante, conoce todos los datos, pero tampoco aplica las deducciones correspondientes, un hecho incomprensible para una administración completamente informatizada.

El gran agujero fiscal para el contribuyente corresponde a la deducción de hasta 1.000 euros por el alquiler para menores de 35 años, o más años en algunos casos, en Madrid. «Es el gran punto de fuga», han advertido desde Tax Down a preguntas de MERCA2. «No sólo no aparece en el borrador de la Declaración de la Renta 2022, sino que hay que aplicarla a propósito para poder desgravar la cuantía correspondiente», han señalado.

Para poder acceder a esta rebaja en el ajuste de cuentas con la Agencia Tributaria, los contribuyentes no la encontrarán en el borrador, sino en el Anexo B.8 de la Declaración de la Renta 2022, en «Información adicional a la deducción autonómica por arrendamiento».

LOS REQUISITOS DE LA GRAN DEDUCCIÓN EN LA RENTA 2022

En este punto, además de los datos necesarios para cuantificar la deducción, tendrá que hacer constar el NIF/NIE del arrendador de la vivienda y, si existe, el del segundo arrendador o, en su caso, si ha consignado un NIF de otro país, se marcará una X, respectivamente, en las casillas correspondientes. De esta forma, el contribuyente tendrá que acceder al contrato de alquiler e identificar así al dueño de la vivienda o gestoría que opere el alquiler.

No sólo no aparece en el borrador de la Declaración de la Renta 2022, sino que hay que aplicarla a propósito para poder desgravar la cuantía correspondiente

Así lo señala la Agencia Tributaria en su explicación sobre esta deducción oculta y desconocida. Eso sí, para acceder a esta rebaja hay que reunir una serie de condiciones y requisitos. En primer lugar, la deducción alcanza el 30% de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda habitual, con un límite máximo de 1.000 euros, tanto en la tributación individual como conjunta.

NO SÓLO SE BENEFICIAN LOS MENORES DE 35 AÑOS

Asimismo, el contribuyente debe tener menos de 35 años a cierre del ejercicio fiscal. No obstante, «la deducción podrá aplicarse también si el contribuyente tiene más de 35 años y menos de 40 años siempre que, durante el periodo impositivo, se haya encontrado en situación de desempleo y haya soportado cargas familiares». De esta forma, muchos contribuyentes la desconocen por completo.

Los errores subsanables en la Declaración de la Renta 2022
Los errores subsanables en la Declaración de la Renta 2022

Pero no es tan sencillo. Para tener derecho a la deducción en la Declaración de la Renta 2022 con más de 35 años, el contribuyente debe estar registrado en el paro al menos 183 días en la Comunidad de Madrid durante el pasado año o bien tenga «al menos dos familiares, ascendientes o descendientes a su cargo siempre y cuando tengan derecho a la aplicación del mí­nimo por ascendientes o descendientes.

La Agencia Tributaria establece unos límites para esta deducción, la suma de las bases imponibles general y del ahorro –casillas 0435 y 0460 de la Declaración de la Renta 2022– para aplicar la deducción. Asimismo, se exige un doble límite, uno general y otro específico que debe cumplir la unidad familiar en la que esté incluido el contribuyente. Para ello, la suma de las bases imponibles y del ahorro no deben superar los 25.620 euros en el caso de la tributación individual o los 36.200 en la conjunta. Entre todos los miembros de la familia no pueden sumar más de 60.000 euros.

En el caso de una unidad familiar conyugal se agregan las bases imponibles de cada uno de los miembros integrados en la misma, con independencia de que opten o no por el régimen de tributación conjunta y de que estén obligados o no a presentar declaración.

LA TRIBUTACIÓN CONJUNTA PARA LA RENTA 2022

De esta forma, para cada cónyuge, la base imponible será la correspondiente a ambos más las de los hijos -menores de edad o mayores incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada-, comunes o no, que convivan con el matrimonio. En el caso de tributación conjunta será la base imponible de dicha declaración la que se tenga en cuenta a efectos del límite fijado.

Si es una unidad familiar «monoparental o no conyugal», habrán de agregarse exclusivamente las bases imponibles de los miembros de la unidad familiar que teóricamente corresponda a cada contribuyente, es decir, las rentas del propio contribuyente y los hijos de este -menores o mayores incapacitados judi­cialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada- que convivan con él. Y todo ello, «con independencia de que se opte o no por tributar por el régimen de tributación conjunta y de que estén o no obligados a presentar declaración» de la Renta 2022.

LOS LÍMITES DE LA DEDUCCIÓN DE LA RENTA 2022

«En el caso de tributación conjunta será la base imponible de dicha declaración la que se tenga en cuenta a efectos del límite fijado», señala. «Las cantidades abonadas por el arrendamiento de la vivienda habitual deben superar el 20% de la mencionada suma de bases imponibles general y de ahorro del contribuyente», según recuerda el fisco.

Aún así, las exigencias para esta deducción no terminan. Para aplicarla, el contribuyente debe estar en posesión de una copia del resguardo del depósito de la fianza en la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid formalizado por el arrendador o bien poseer copia de la denuncia presentada ante dicho organismo por no haberles entregado dicho justificante el arrendador.

Adicionalmente, «el contribuyente en el momento en que manifieste su intención de aplicar esta deducción autonómica deberá, como arrendatario, haber liquidado el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados derivado del arrendamiento de la vivienda, salvo que no esté obligado a presentar autoliquidación por aplicar la bonificación prevista en el artículo 30 quater del Decreto legislativo 1/2010.

LÍMITES TEMPORALES PARA APLICAR LA DEDUCCIÓN OCULTA EN LA RENTA 2022

No obstante, dicha intención no tiene por qué circunscribirse a un único momento temporal y, por ello el límite temporal para exigir dicha liquidación dependerá de cuándo se manifieste la misma. Así, sin ánimo de exhaustividad, el momento en que el contribuyente que desee aplicar la deducción debe haber liquidado el impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO) se fija en la finalización del plazo de la declaración.

Para ello, hay que tener en cuenta el caso de presentar la declaración del impuesto con aplicación de la deducción autonómica; el momento en que se inste por el contribuyente la rectificación de una declaración previamente presentada, en la que no se hubiera incluido la citada deducción; o bien el momento en que se inicie por la Administración Tributaria el procedimiento de comprobación de una declaración en la que no se haya incluido la deducción.

Álvaro J. Medina
Álvaro J. Medina
Madrileño en Barcelona. Apasionado de la actualidad política, la Economía y empresas. He pasado por el grupo Intereconomía y Vozpópuli. Ahora, en MERCA2.es, INVERSIÓN.es y MONCLOA.com para seguir informando. "Si no lo puedes explicar, es que no lo sabes". Si tienes algo que contarme: alvaro.medina@merca2.es