jueves, 1 mayo 2025

Las surrealistas condiciones que piden los dueños de pisos para alquilar

Mucho se habla de la compra de una vivienda, de los años y porcentaje del sueldo que se necesita hoy en día, los tipos, las cargas, el ahorro que requiere… pero tampoco está fácil alquilar. Al menos para la compra no hay que hacer un auténtico casting propio de un ingreso en la NASA, en algunos casos sobre todo en las grandes ciudades. Vamos a ver que increíbles exigencias son cada vez más frecuentes y lo que te puede pedir legalmente un propietario para vivir en su inmueble.

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LO QUE LEGALMENTE TE PUEDEN EXIGIR PARA ALQUILAR

Tenemos que irnos al artículo 36 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (LAU). Lo primero que vemos es ya la primera constante que se da ya en casi todos los alquileres: la exigencia de más de una mensualidad como fianza. Pues no es legal, ya que solo se puede exigir un mes, aunque se añade luego:

«Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico. En el caso del arrendamiento de vivienda, en contratos de hasta 5 años de duración, o de hasta 7 años si el arrendador fuese persona jurídica, el valor de esta garantía adicional no podrá exceder de 2 mensualidades de renta».


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