La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado la circular de acceso y conexión de instalaciones de producción de energía eléctrica a las redes de transporte y distribución, normativa de vital importancia para el desarrollo ordenado de las renovables y para poner coto a la especulación en las solicitudes.
La normativa ha visto la luz tras su publicación este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y pone fin así a un largo proceso para su aprobación, después de fuera de las primeras que inició su trámite por la CNMC del paquete de circulares con que el organismo estrenaba sus nuevas competencias en materia energética en 2019.
En concreto, fue objeto dos trámites de audiencia, en junio de 2019 y septiembre de 2020, a lo largo de los cuales se recibió decenas de alegaciones de administraciones públicas, gestores de redes, asociaciones sectoriales y promotores, entre otros sujetos.
Igualmente, fue analizada por la Comisión de Cooperación entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la CNMC, tras considerar inicialmente el Gobierno que había un problema de competencias. En su posterior informe del pasado mes de octubre, el Ministerio consideró que la propuesta de circular se adaptaba con carácter general a las orientaciones de política energética.
Posteriormente, tras el recorrido anterior, la circular fue sometida el pasado mes de septiembre al dictamen del Consejo de Estado de forma simultánea al proyecto de Real Decreto de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, aprobado a finales del año pasado, norma con la cual está estrechamente relacionada.
Con la publicación y entrada en vigor de esta circular se da cumplimiento a lo previsto en Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, en el que se prevé una serie de medidas para el desarrollo ordenado y el impulso de las energías renovables y requiere al Gobierno y a la CNMC la aprobación de las disposiciones reglamentarias precisas para su desarrollo, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Ahora bien, conforme a lo previsto en la disposición transitoria octava del citado Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, no será hasta la aprobación de las especificaciones de detalle previstas en el artículo 13 de la circular, necesarias para concretar el cálculo preciso de las capacidades de acceso en cada nudo, cuando los gestores de redes admitirán nuevas solicitudes de acceso y conexión y se darán, en este sentido, por superadas las previsiones contenidas en la disposición transitoria primera del citado Real Decreto-ley 23/2020.
A este respecto, se han producido ya varias reuniones del correspondiente grupo de trabajo organizado por el operador del sistema, informó la CNMC en un comunicado.
DERECHO DE ACCESO DE TERCEROS A LA RED
El ‘superregulador’ señaló que la circular se asienta sobre el principio regulatorio clave del derecho de acceso de terceros a la red, para impedir la discriminación entre usuarios y favorecer la cooperación y coordinación entre gestores y titulares de las redes de transporte y distribución, de un lado, y los titulares de las instalaciones de producción, de otro.
Entre otros aspectos, recoge el contenido mínimo de las solicitudes de los permisos de acceso y conexión, así como las condiciones que se deben detallar en caso de su aceptación o denegación -esta última, ya sea total o parcial, siempre debidamente motivada-, por parte de los gestores de redes. Igualmente especifica los elementos que deberán constar en los propios permisos de acceso y conexión.
En concreto, esta circular aprobada por el regulador tiene por objeto culminar el proceso de regulación relativa a la metodología y las condiciones del acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, en un contexto de rápido desarrollo de la producción a partir de fuentes de energía renovables, tanto en forma de instalaciones a gran escala como de generación distribuida (en este último caso a menudo bajo una modalidad de autoconsumo).
En este entorno, la disponibilidad de capacidad suficiente en las redes constituye un factor decisivo a la hora de acometer nuevos proyectos, para lo que se hace necesario reducir la dispersión normativa y proporcionar una guía clara de cuáles son los pasos a seguir conducentes a la obtención de los permisos de acceso y conexión.
TRATAMIENTO DE CONSUMIDORES Y DISTRIBUIDORES, A OTRA CIRCULAR
La normativa del organismo presidido por Cani Fernández ha optado por limitar su alcance al acceso y conexión de los productores, dejando el tratamiento específico de consumidores y distribuidores para otra circular.
El principal motivo para acometer en primer lugar las especificidades propias de las instalaciones de generación es el gran volumen de solicitudes de acceso de este tipo que se han acumulado en los últimos años, hasta el punto de saturar la práctica totalidad de los nudos de transporte -y gran parte de la red de distribución de más alta tensión- en las zonas donde existe disponibilidad de recurso eólico o solar.
Con el fin de mejorar la transparencia del proceso y garantizar la publicidad de la información, la circular establece que los gestores de redes mantendrán accesible en su página web y mensualmente actualizados datos detallados sobre las capacidades disponibles en los nudos de sus redes de tensión superior a 1 kilovoltio (kV).
Además, los anexos de la circular comprenden una serie de criterios técnicos actualizados convenientemente según los recientes desarrollos tecnológicos y normativos. Dichos criterios son los necesarios para evaluar la capacidad de acceso, evaluar la viabilidad de conexión y determinar la influencia de la instalación de producción en otra red distinta de aquella a la cual se conecta.
UNOS DÍAS ANTES DE LAS NUEVAS SUBASTAS DE RENOVABLES
La circular se aprueba unos días antes de que se celebre la primera de las subastas de renovables bajo el nuevo marco definido por el Gobierno, que tendrá lugar el próximo 26 de enero, y complementa el real decreto aprobado a finales del año pasado por el gabinete dirigido por Teresa Ribera para establecer el nuevo proceso de concesión de los permisos de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, paso previo y necesario para la instalación de nuevas plantas de renovables.
El pasado mes de septiembre, la CNMC ya decidió someter a un nuevo trámite de información pública la circular de acceso y conexión de instalaciones de producción de energía eléctrica, después de que la inicial recibiera alegaciones y chocara con la opinión del Gobierno respecto a las competencias.