La ley de segunda oportunidad: deudas que puedes no pagar

La Ley de Segunda Oportunidad es una de las vías para aligerar la carga financiera de personas físicas y autónomos. Ojo, porque esta normativa no es nueva: está aprobada en 2015 para exonerar de deudas a aquellas personas o autónomos en apuros financieros (puedes consultar el texto completo aquí). Sin embargo, muchas familias y empresarios con el agua al cuello desconocen que cumplen los requisitos para adherirse a la ley de segunda oportunidad. Volver a empezar de cero es posible. Os explicamos quién puede solicitarla, cuáles son los requisitos y las aristas que toca. 

Para que nos hagamos una idea de lo que supone la Ley de Segunda Oportunidad, sería, salvando las distancia, como si declaran la bancarrota. Cuando la situación financiera es insostenible, la ley permite negociar la forma de devolución de estas deudas para que el afectado no hipoteque su futuro. 

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DEUDAS CON HACIENDA Y LA SEGURIDAD SOCIAL

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¿Qué ocurre en el caso de que estas deudas sean con las Administraciones Públicas? En la redacción original de la Ley de Segunda Oportunidad, estas deudas no podían gestionarse mediante el mecanismo si el acreedor era Hacienda o la Seguridad Social. Sin embargo, desde 2019, una sentencia del Tribunal Supremo amplió los límites de tal forma que el deudor con las Administraciones Públicas puede solicitar la exoneración de hasta un 70% de las deudas, con la posibilidad, además, de que lo restante se fraccione en periodos de hasta cinco años. 

Por último, y tanto sea una deuda con un tercero como con la Administración Pública, mientras dura el procedimiento el deudor está protegido y no se le puede reclamar el pago ni proceder al embargo de bienes. 

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