El pasado viernes 19 de octubre el Consejo de Ministros aprobó un anteproyecto de ley sobre, entre otros, el impuesto a las transacciones financieras. Dicho impuesto, consiste en gravar las operaciones de compra de acciones españolas ejecutadas por los operadores de mercado, es decir, los brókers, con un 0,2% sobre el importe de la transacción.
Aplicará únicamente para las cotizadas de más de 1.000 millones de euros de capitalización, lo que gravará, si supera la aprobación parlamentaria, a todos los valores del Ibex-35, a excepción de DIA, y aproximadamente a otros 30 valores del Mercado Continuo. No gravará a las acciones de pymes, empresas no cotizadas y derivados. Tampoco gravará las operaciones del mercado primario, es decir, todas aquellas que supongan una operación pública de venta o una suscripción de acciones (OPV’s y OPS’s).
Será un impuesto que devengará mensualmente sobre la base de las transacciones anteriormente comentadas. Y que su objetivo de recaudación, calculado en unos 850 millones de euros, irá destinado a cubrir parte del sistema público de pensiones.
Este nuevo impuesto sienta un precedente en el entramado inversor minorista que deberá estar mucho más pendiente de los mercados financieros y tendrá que “implicarse” mucho más en sus decisiones como inversor. Tradicionalmente el inversor español, que principalmente centra su atención en el mercado nacional, no ha prestado atención real a la evolución de los mercados, muchos de ellos nunca han visto un gráfico de velas y nunca han comprado un valor a “golpe de click”.
Es cierto que el origen del perfil tradicional de un inversor español viene precisamente de una pobre cultura financiera de la sociedad y que por desconocimiento o por desinterés siempre ha pensado que la Bolsa es “demasiado compleja”. En este sentido, el inversor del siglo XXI ha buscado en las entidades online la solución la respuesta a sus necesidades. Ya son conscientes de que deben tener opinión crítica sobre la evolución de los mercados, del sector o del valor de su interés y que deben tomar sus propias decisiones como inversor.
Estas entidades online deben cumplir con la normativa y la regulación del supervisor del mercado (CNMV), trabajar conjuntamente con entidades nacionales para la depositaría y el custodio de los activos de sus clientes y ofrecer unas herramientas y servicio competitivos. Dicha herramienta de trabajo tendrá que ser potente, fiable y de fácil uso. Tendrá que ofrecer acceso a todos los mercados, sin limitaciones y siempre con tiempo real. Herramientas de análisis y operativa lo suficientemente completas para tener controlado todos los aspectos de una operación (compra, gestión del riesgo, objetivos de inversión y cierre de posición).
Darío García, analista de XTB