El día a día al volante puede traer sorpresas desagradables, algunas más costosas que otras, pero pocas tan fulminantes como la que abordamos hoy. La DGT no se anda con chiquitas cuando se trata de ciertas infracciones consideradas críticas para la seguridad vial, y el desconocimiento de la norma, como bien sabemos, no exime de su cumplimiento ni de sus severas consecuencias. Hablamos de situaciones que van más allá de la simple multa económica y que pueden dejarte, literalmente, tirado en la cuneta con el coche precintado por las autoridades.
Imagínate la escena: un control rutinario, los agentes te dan el alto y, tras solicitar la documentación, descubren una irregularidad grave. No se trata de un exceso de velocidad o un mal aparcamiento, sino de algo que compromete directamente la seguridad tuya y del resto de usuarios de la vía. En cuestión de minutos, lo que era un trayecto normal se convierte en una pesadilla logística y económica, con tu vehículo inmovilizado y una serie de trámites por delante para poder recuperarlo, si es que procede. Conviene estar muy al tanto de qué situaciones activan esta medida drástica para evitar verse envuelto en un problema de semejante calibre.
SIN SEGURO NO HAY PARAÍSO (EN LA CARRETERA)

Circular sin el seguro obligatorio de responsabilidad civil es una de las faltas más graves que se pueden cometer al volante en España. No es un capricho administrativo, sino una garantía fundamental para cubrir los daños personales y materiales que se puedan ocasionar a terceros en caso de accidente. Piensa que un siniestro, incluso uno leve, puede generar unos costes económicos enormes, y el seguro es la red de seguridad que evita la ruina tanto del responsable como de la víctima. La obligatoriedad está recogida en el Real Decreto Legislativo 8/2004, que aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, dejando claro que ningún vehículo apto para circular puede hacerlo sin esta cobertura mínima.
Las consecuencias de ser interceptado sin la póliza en vigor son contundentes y van mucho más allá de la sanción económica, que ya de por sí es considerable, oscilando entre los 601 y los 3.005 euros dependiendo del tipo de vehículo y las circunstancias. Lo verdaderamente problemático es que la ley faculta a los agentes de la autoridad a ordenar la inmovilización inmediata del vehículo, procediendo a su precinto y depósito hasta que se acredite la contratación del seguro. Además, los gastos derivados de la inmovilización, como la grúa y la estancia en el depósito municipal, corren a cargo del propietario, sumando un coste adicional importante al ya abultado de la multa impuesta por la DGT. Es una situación que bloquea por completo la movilidad y genera un trastorno considerable.
LA ITV CADUCADA O DESFAVORABLE: UN PELIGRO RODANTE QUE TE DEJA A PIE

La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es otro pilar básico de la seguridad vial en nuestro país, un examen periódico que garantiza que los coches que circulan por nuestras carreteras cumplen unos estándares mínimos de seguridad y emisiones contaminantes. Circular con la ITV caducada ya supone una infracción grave, sancionada con 200 euros (100 euros por pronto pago), pero la situación se complica enormemente si, habiendo pasado la inspección, el resultado ha sido desfavorable o negativo. Un resultado desfavorable implica que se han detectado defectos graves que comprometen la seguridad y se concede un plazo, generalmente de dos meses, para subsanarlos y volver a pasar la inspección, pudiendo circular únicamente para ir al taller y a la estación ITV.
El verdadero problema surge si se ignora este resultado desfavorable y se continúa circulando como si nada, o si directamente la inspección resulta negativa, lo que significa que los defectos son tan graves que el vehículo no puede circular bajo ningún concepto, ni siquiera para ir al taller. En ambos casos, si los agentes de tráfico detectan un vehículo circulando con una ITV desfavorable fuera del trayecto permitido o con una ITV negativa, la sanción económica asciende a 500 euros, sin posibilidad de reducción por pronto pago, y lo más importante: conlleva la inmovilización inmediata del vehículo. La DGT es inflexible en este punto, ya que se considera que ese coche representa un riesgo inminente para la seguridad propia y ajena.
¿QUÉ PASA CUANDO LA POLICÍA DICE ‘HASTA AQUÍ HEMOS LLEGADO’?

Cuando un agente de la Guardia Civil de Tráfico o de la Policía Local detecta una de estas infracciones tan graves –falta de seguro o ITV caducada con resultado desfavorable/negativo circulando indebidamente–, la orden es clara: el vehículo no puede seguir circulando. Se procederá entonces a su inmovilización ‘in situ’ si es posible y seguro hacerlo, o se requerirá la intervención de una grúa para trasladarlo al depósito municipal o a un lugar designado por la autoridad, siempre bajo la responsabilidad y coste del titular del vehículo. El precinto es la señal física de que el coche queda bajo custodia y no puede ser movido hasta que se resuelva la situación que originó la medida, una acción que la DGT respalda como necesaria ante riesgos evidentes.
Levantar el precinto y recuperar el vehículo inmovilizado requiere cumplir escrupulosamente con una serie de pasos. Primero, hay que subsanar la causa que motivó la inmovilización: contratar un seguro válido o presentar el informe favorable de la ITV tras reparar los defectos detectados. Segundo, es imprescindible abonar la sanción correspondiente impuesta por la DGT o garantizar su pago. Y tercero, habrá que liquidar los gastos generados por la grúa y los días de estancia en el depósito municipal, que pueden acumular una suma considerable. Solo una vez completados todos estos trámites y presentada la documentación justificativa ante la Jefatura de Tráfico o la autoridad municipal competente, se autorizará la retirada del vehículo.
NO ES SÓLO TU BOLSILLO: POR QUÉ LA DGT SE PONE SERIA CON ESTAS FALTAS

Podría pensarse que la inmovilización del vehículo es una medida desproporcionada, un afán recaudatorio o una simple molestia administrativa. Sin embargo, la realidad es que tanto la obligatoriedad del seguro como la vigencia de la ITV son herramientas fundamentales en la estrategia de seguridad vial impulsada por la DGT y el resto de administraciones. Un vehículo sin seguro deja desprotegidas a las posibles víctimas de un accidente, generando situaciones dramáticas y costes sociales elevadísimos que acaban repercutiendo en todos. La falta de cobertura puede convertir un simple golpe de chapa en un problema legal y financiero de consecuencias imprevisibles para el conductor responsable.
Del mismo modo, un coche que no ha superado la ITV o que circula con ella caducada es una incógnita rodante. Puede tener deficiencias graves en elementos críticos como los frenos, la dirección, los neumáticos o las luces, convirtiéndose en un factor de riesgo activo en la carretera. La DGT insiste en que mantener el vehículo en condiciones óptimas de seguridad no es solo una obligación legal, sino un acto de responsabilidad individual y colectiva. Las estadísticas de siniestralidad vial relacionan directamente el mal estado de los vehículos con un porcentaje significativo de accidentes, y la ITV es el filtro necesario para minimizar ese riesgo, justificando la firmeza de la DGT ante su incumplimiento.
QUE NO TE PILLE EL TORO: CÓMO MANTENER TU DOCUMENTACIÓN AL DÍA

Evitar verse en la desagradable tesitura de tener el coche precintado por falta de seguro o por problemas con la ITV es, en realidad, bastante sencillo si se actúa con previsión y responsabilidad. Para el seguro, basta con estar atento a la fecha de vencimiento de la póliza y renovarla a tiempo, comparando incluso diferentes ofertas para encontrar la que mejor se adapte a nuestras necesidades y presupuesto. Muchas aseguradoras envían recordatorios, pero la responsabilidad final recae siempre en el tomador del seguro. Utilizar la aplicación miDGT puede ser útil para tener controladas las fechas clave de tu vehículo.
En cuanto a la ITV, es fundamental conocer la periodicidad con la que nuestro vehículo debe pasarla según su antigüedad y tipo, y solicitar cita previa con suficiente antelación para evitar circular con ella caducada. Si el resultado es desfavorable, hay que acudir al taller de inmediato para subsanar los defectos indicados y volver a la estación ITV dentro del plazo establecido, recordando que solo se puede circular para estos trayectos específicos. La prevención y el mantenimiento adecuado del coche no solo nos ahorrarán multas y la posible inmovilización dictada por la DGT, sino que son la mejor inversión en nuestra propia seguridad y la de los demás usuarios de la vía. La DGT ofrece información detallada en su web sobre todos estos procedimientos.