Andalucía cambia en el BOJA las ayudas Emplea-T: hasta 20.000 euros por contratar

La resolución del BOJA del 25 de septiembre solo redistribuye la financiación de las Líneas 1 y 2 y mantiene el presupuesto en 68 millones de euros. El plazo de solicitud para autónomos, mutualistas y pymes sigue abierto hasta el 31 de octubre.

santander autonomos

Las ayudas Emplea-T de Andalucía mantienen hasta 20.000 euros por contratación indefinida y el plazo de solicitud abierto hasta el 31 de octubre de 2026.

La Junta de Andalucía ha publicado en el BOJA del 25 de septiembre una resolución que modifica la convocatoria de 2026 del Programa Emplea-T, gestionado por la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. El texto redistribuye la financiación de las Líneas 1 y 2 y ahí se acaba la mudanza: los requisitos, las cuantías y el procedimiento no se tocan.

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Así que, si esperabas un cambio de condiciones para decidirte, no lo vas a encontrar. Nada que te mueva el plan. Lo que sí corre es el reloj: quedan 28 días para presentar la solicitud.

Qué cambia exactamente la resolución del BOJA

El ajuste se queda en el reparto interno de los créditos. La Línea 2, la que cubre las segundas y posteriores contrataciones, cuenta con 53.404.184 euros de los 68 millones totales. Ocho millones pasan a financiarse mediante transferencias finalistas del Estado, mientras el resto mantiene su imputación al Fondo Social Europeo Plus. La Línea 1 conserva 14.595.816 euros.

La propia resolución aclara que el movimiento responde a necesidades de ejecución presupuestaria y no amplía el dinero disponible. El presupuesto máximo sigue en 68 millones de euros, repartidos en 34 millones para 2026 y otros 34 millones para 2027. Emplea-T incluye además otras medidas, como los incentivos para ampliar jornadas laborales, pero esta modificación solo afecta a las Líneas 1 y 2.

El BOJA ha movido ocho millones de sitio, pero quien contrata en Andalucía sigue mirando las mismas cifras: 20.000 euros y 28 días de plazo.

Quién puede pedirla y quién se queda fuera

La Línea 1 está reservada a autónomos y mutualistas de colegios profesionales que firmen su primera contratación indefinida ordinaria. No pueden acogerse quienes hayan tenido a alguien contratado durante los doce meses anteriores. Sin excepciones.

La Línea 2 cubre las segundas y posteriores contrataciones de autónomos y mutualistas. También permite a las pymes solicitar la ayuda desde su primera contratación indefinida, un detalle que muchas pequeñas empresas pasan por alto porque dan por hecho que la convocatoria es solo para autónomos.

El trabajador tiene que estar desempleado el día anterior al alta y pertenecer a uno de tres colectivos: menores de 30 años, mayores de 45, o desempleados de larga duración. En este último grupo entran quienes hayan permanecido inscritos como demandantes no ocupados durante 360 días de los 18 meses anteriores.

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Cuánto se cobra y el error que tumba la solicitud

Las cantidades dependen de tres variables: la línea, la jornada y el sexo de la persona contratada. Hasta 20.000 euros en la primera contratación indefinida y hasta 17.000 euros en la Línea 2, que mantiene las cuantías ya previstas en la convocatoria. Si la persona contratada es mujer, la ayuda de un contrato a jornada completa puede subir 2.000 euros más.

Los contratos a tiempo parcial entran, siempre que alcancen al menos el 50% de una jornada completa. Y hay una condición que se lleva por delante más subvenciones de las que parece: el contrato debe mantenerse 24 meses desde el inicio de la relación laboral.

El despiste más caro está en la plantilla. Cada contratación tiene que elevar de verdad la plantilla fija, en los términos que fijan las bases, y la Administración comprueba de oficio buena parte de los datos tributarios y de Seguridad Social. Una plantilla que no cuadra salta sola en el cruce. Ese es el error caro.

El calendario también juega en contra de los despistados. Los contratos subvencionables son los iniciados desde el 1 de enero de 2026 y hasta el cierre del plazo, y el alta en la Seguridad Social puede registrarse hasta diez días después de presentar la solicitud. Si la firma se te va más allá del 31 de octubre, la ayuda se cae.

Por qué este cambio del BOJA no mueve tu subvención

No es la primera vez que Emplea-T se retoca este año. En junio, la Junta amplió el plazo de solicitud del 30 de junio al 31 de octubre, un movimiento que ya avisaba de que la ejecución presupuestaria iba más lenta de lo previsto. La resolución de septiembre va en la misma dirección: recolocar créditos para que se gasten, no cambiar las reglas del juego.

Que la modificación sea técnica no significa que sea irrelevante. Los 68 millones siguen ahí y el plazo sigue corriendo, pero las condiciones no se han relajado ni un milímetro. El error de lectura sería el contrario: dar por hecho que no cambia nada y, por tanto, que se puede pedir cuando apetezca. El reloj no se detiene.

El punto que conviene resolver antes de presentar es la línea. Si has tenido personal en los últimos doce meses, la Línea 1 te deja fuera y tu vía es la Línea 2, con cuantías distintas. Y si vas a contratar a tiempo parcial, comprueba que la jornada llega al 50% antes de firmar: es el requisito que más solicitudes tumba en la revisión previa.

Guía rápida del trámite

  • 📅 Plazos: Solicitudes abiertas hasta el 31/10/2026. Se subvencionan contratos iniciados desde el 01/01/2026 y hasta el cierre del plazo.
  • ✅ Requisitos clave: Actividad económica o profesional en Andalucía y contratación indefinida de una persona desempleada el día anterior al alta. La Línea 1 exige no haber tenido plantilla en los doce meses previos.
  • 🌐 Dónde solicitarlo: Sede electrónica de la Junta de Andalucía, con certificado digital o Cl@ve. El trámite es telemático.
  • 💰 Importe o coste: Hasta 20.000 euros en la primera contratación y hasta 17.000 en la Línea 2, con 2.000 euros adicionales si se contrata a una mujer a jornada completa. Es una subvención a fondo perdido, no un préstamo.
  • ⚠️ Error a evitar: Pedir la Línea 1 habiendo tenido personal en los doce meses anteriores: el requisito se comprueba de oficio y la solicitud se cae.

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