El precedente francés que pone en peligro el jamón ‘pata negra’ español

La justicia francesa ha avalado recientemente la venta de jamón de cebo como ‘pata negra’. Lo que supone un peligroso precedente para el sector. Sin embargo, se trata de un hecho que la ley española permite, si bien no lo hace en territorio español, sino fuera de nuestras fronteras.

La cuestión problemática es que la normativa sobre el cerdo ibérico carece de efecto en el extranjero. Así, se trata de un término que goza de un reconocimiento a nivel internacional en tema de calidad, pero que está avalado por una normativa española que carece de efecto en el extranjero.

De esta forma, la norma de calidad del ibérico «no es aplicable en Francia». Por lo que esta situación va a sentar un precedente muy peligroso en el que los consumidores franceses van a comer jamón de cebo, pensando que, en realidad, se trata de ‘pata negra’.

UNA NORMA SIN EFECTO EN EL EXTRANJERO

En concreto, la normativa española sobre el cerdo ibérico, que no tiene efecto en el extranjero, pero sí en España, indica que el término «’Pata negra’, queda reservada exclusivamente a la designación ‘de bellota 100% ibérico’», según un real recreto de 2014.

Así, en este real decreto también se indica que el término «de bellota», está destinado «para productos procedentes de animales sacrificados inmediatamente después del aprovechamiento exclusivo de bellota, hierba y otros recursos naturales de la dehesa, sin aporte de pienso suplementario».

«Es una norma de obligado cumplimiento en España nada más, por eso pueden utilizar ‘pata negra’ en Francia»

Mientras que «de cebo» se destina al «caso de animales alimentados con piensos, constituidos fundamentalmente por cereales y leguminosas, cuyo manejo se realice en sistemas de explotación intensiva». Por lo que queda bastante claro, que se trata de dos términos completamente diferentes.

Asimismo, fuentes del sector han indicado a Merca2 que «Es una norma de obligado cumplimiento en España nada más, por eso pueden utilizar ‘pata negra’ en Francia».

No obstante, se trata de una situación que no se puede producir en los supermercados españoles. «’Pata negra’ está registrado y reglamentado en este decreto, y sino produces según la norma, no se puede aplicar el término ‘pata negra’ o ‘de bellota en estos productos que se van a vender en España», ha indicado a MERCA2 una fuente del sector.

UNA PRÁCTICA EXTENDIDA EN FRANCIA

Una situación que ya tiene como consecuencia que empresas francesas, como Labeyrie, estén comprando jamón de cebo en España y después, lo estén vendiendo en sus supermercados e hipermercados con la palabra ‘pata negra’ incluida en el producto. Sin duda, una circunstancia que puede dar lugar a una confusión por parte de los consumidores galos y de otros países, ya que está práctica puede empezar a extenderse más allá de Francia.

Aunque, fuentes del sector aseguran que «se trata de una situación que se está dando ya en otros países».

En concreto, estas prácticas ya se pueden ver en la página web de supermercados de origen francés como es el caso de Carrefour. Debido a que, en su web en Francia, si se busca ‘pata negra’ aparecen marcas que no cumplen con la normativa española. Aunque, puede que los consumidores sí que puedan percatarse solo mirando con lupa la letra pequeña y centrándose en la diferencia de precios de un producto a otro.

«se trata de una situación que se está dando ya en otros países»

Ahora mismo, la barrera de los precios es lo que marca la diferencia, pero más adelante puede llegar a desaparecer, lo que aumentaría la confusión de los consumidores galos.

LA IMPOTENCIA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA

Así, toda esta situación se da ante la impotencia del Ministerio de Agricultura de España.

En concreto, en 2022, el Ministerio de Agricultura solicitó acciones a la Dirección General francesa de la Competencia, del Consumo y de la Represión de Fraudes (DGCCRF) a través de la embajada en París. Francia respondió que ya había solicitado a Labeyrie que modificara el etiquetado «para alinearse con la norma española» y para respetar el reglamento europeo de 2011 sobre «la información alimentaria facilitada al consumidor», pero la empresa optó por recurrir la decisión ante los tribunales.

Según aclaran ahora desde el Ministerio, el tribunal administrativo anuló «la decisión del Gobierno francés» a mediados de 2022. La sentencia considera que la norma del cerdo ibérico no es aplicable en Francia y que el Jamón Pata Negra no incumple el reglamento europeo: «El Tribunal concluye que la mención Pata Negra grande tradition no corresponde a ninguna definición legal en territorio francés, por lo que puede ser utilizada por la empresa en su etiquetado sin considerarse un fraude».

De esta forma, la justicia francesa concluye que el término pata negra «no corresponde a ninguna definición legal en territorio francés» y da luz verde a este etiquetado incorrecto, a pesar de las quejas del Ministerio de Agricultura de España.

Alicia Bonilla
Alicia Bonilla
Redactora en Merca2.es sobre empresas y economía especializada en Distribución, Alimentación y Consumo.