La DGT podrá denegarte el carnet de conducir si sufres algunas enfermedades que afectan las habilidades al volante. El permiso de conducción, al igual que el Documento Nacional de Identidad, debe renovarse cada diez años, por norma general. Es necesario pagar una tasa para hacerlo y, además, llevar consigo varios documentos, entre ellos un informe de aptitud psicofísica, el cual debe realizarse en un centro autorizado de la DGT. Eso sí, si cuenta con informe médico negativo y aun así se pone al volante de su vehículo, el conductor se enfrenta a multas de hasta 6.000 euros. En resumen, estas son las enfermedades por la que te pueden denegar el carnet de conducir:
5Enfermedades respiratorias
Entre las enfermedades respiratorias que limitan la capacidad de conducir, la DGT ha incluido la apnea del sueño y la disnea permanente en reposo o esfuerzo leve. Esta última dolencia no permite al conductor renovar su permiso de conducir. El trasplante renal y la nefropatía con diálisis exigen especial seguimiento médico del conductor. Las crisis y pérdida de conciencia son incompatibles con la conducción, y serán de especial vigilancia la epilepsia y el accidente isquémico transitorio.