domingo, 15 diciembre 2024

La sentencia que marca el principio del fin de Glovo en España

El servicio de delivery Glovo lleva esquivando un par de balas desde que se pusiera en funcionamiento la nueva ‘ley rider’ en España, que entró en vigor en agosto de 2021. Sin embargo, desde la aplicación de esta norma, Glovo ha encontrado mayores dificultades para evitar que se reconozca que existe una relación laboral entre la compañía y los riders autónomos que trabajaban para esta plataforma de reparto a domicilio.  

Para intentar esquivar esta nueva norma, Glovo, recientemente, le ha trasladado el problema de la ‘ley rider’ a los restaurantes y supermercados. De este modo, Glovo ha cambiado su modelo de facturación para traspasar la responsabilidad legal que tiene la compañía de delivey con los riders hacia las empresas que contratan estos servicios.

Una operación que Glovo ha realizado con la intención de evitarse denuncias y sanciones, pero de poco le ha servido. Ya que, recientemente, una sentencia ha confirmado que los repartidores de Glovo son falsos autónomos.

El TSJPV consideró que los repartidores de Glovo son «falsos autónomos», porque su relación es de «naturaleza laboral»

En concreto, esta sentencia ha sido confirmada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que ha considerado que la relación de Glovo con estos riders es de «naturaleza laboral» y que, por tanto, son «falsos autónomos».

LOS RIDERS RECONOCIDOS COMO FALSOS AUTÓNOMOS

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 11 de Bilbao, que consideró que los repartidores de Glovo son «falsos autónomos», porque su relación es de «naturaleza laboral», según ha explicado el sindicato ELA.

En un comunicado, la central sindical ha recordado que la resolución judicial de instancia dio la razón a los 53 trabajadores de Glovo que representaba, y la empresa interpuso recurso de suplicación en el TSJPV, que ahora ha declarado firme la sentencia.

ELA ha destacado que la sentencia del alto tribunal es «un paso importante contra la precariedad que padece este sector y que estaba extendiéndose a otros ámbitos», de forma que los repartidores «estarán sujetos a la normativa laboral».

«Llegados a este punto y, siendo ya incuestionable la laboralidad de quienes realizan tareas de reparto para estas plataformas, el reto es otorgarles un marco de protección que vaya más allá del Estatuto de los Trabajadores y de la aplicación del salario mínimo interprofesional», ha añadido.

Por ello, ha anunciado que impulsará la regulación expresa de este colectivo en los convenios colectivos provinciales de hostelería, «garantizando salarios mínimos de 1.200 euros». ELA ha recordado que ya ha impulsado y conseguido un primer convenio sectorial en el sector de la distribución alimentaria.

El sindicato reclamará, además, la devolución de las cuotas abonadas por estas personas como autónomos, y exigirá que se subsane «la falta de cotizaciones» a la Seguridad Social «que debieran haber tenido como personas empleadas por cuenta ajena».

ACUSACIONES DE INCUMPLIMIENTO DE LA ‘LEY RIDER

Una de las primeras voces del sector delivery que señaló directamente de incumplir la ‘ley rider’ a Glovo fue Uber Eats. Esta plataforma de reparto de comida a domicilio envió una carta a la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en la que aseguraba que el Gobierno no había logrado que la nueva normativa de la ‘ley rider’ se cumpliera.

Así, la plataforma de reparto estadounidense afirmaba, en el comunicado que envió a la ministra, que Glovo seguía operando con autónomos y que el Gobierno lo estaba permitiendo.

De igual forma, también ha existido una denuncia por parte de CCOO, a la que es en la actualidad la mayor plataforma de reparto a domicilio que opera en España. En su denuncia, el sindicato acusaba a Glovo de llevar varios meses, desde la aplicación de la ‘ley rider’, incumpliendo esta nueva norma. Pero, además, acusó a la compañía de delivery de modificar su algoritmo con el objetivo de «rehuir su responsabilidad con los trabajadores».

Sin duda, la lista de condenas y denuncias que Glovo acumula en los juzgados de España, parece no tener fin. No obstante, puede que esta nueva sentencia sea la gota que haya colmado el vaso para la empresa de reparto a domicilio. Un acontecimiento que podría llevar a Glovo a tomar la decisión que ya han ejecutado otras compañías del sector delivery en nuestro país. En concreto, se trata de Deliveroo y de Gorillas, dos empresas que han tomado la decisión de abandonar España.

Deliveroo fue la primera plataforma que tomó la iniciativa de dejar de operar en nuestro país y, antes de que entrará en vigor la ‘ley rider’, en agosto de 2021, decidió abandonar el mercado español. Después, la última en unirse a esta idea ha sido la compañía Gorillas, que la semana pasada anunció que dejaba el mercado español y se centraba en otros países que fueran más rentables para su negocio.


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