La Comisión de Interior del Congreso de los Diputados aprobó a finales de septiembre de 2021, con competencia legislativa plena, el proyecto de ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad, que pasa ahora al Senado. Suponen muchos cambios en normas, tecnología, dispositivos y multas, así que más vale estar al día y repasarlo todo bien para que te lleven un solo euro ni te multe jamás la DGT. Vamos a verlo todo y como siempre, prudencia en la carretera.
7CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL
Cuando entre en vigor la nueva Ley de Tráfico los conductores menores de edad de cualquier vehículo (ciclomotores, permiso AM, motos hasta 125cc, bicicletas y vehículos de movilidad personal) no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0, tanto en sangre como en aire espirado. Se exponen a sanciones económicas.
Para el resto, la DGT sanciona a aquellos conductores que dan una tasa de alcohol superior a 0,25 miligramos por litro en aire espirado, mientras que en sangre, la tasa máxima permitida es de 0,5 gramos por litro. Si das positivo y tu tasa de alcohol está entre el 0.25 mg/l y los 0.50 mg/l, la sanción puede ser de unos 500 euros y pérdida de 4 puntos del permiso de conducir.