Algunas personas no solo están preocupadas por la nueva edad de jubilación ordinaria, o por el cálculo de la pensión según lo que han cotizado. También hay personas a las que no les llega la cantidad de años mínimos cotizados para poder optar a una pensión contributiva. Algunos porque no han tenido una vida laboral demasiado prolongada o fue intermitente. Porque no han trabajado nunca, porque se dedicaron a las tareas del hogar, etc.
Sea el motivo que sea, si no has podido llegar a la cotización mínima, y no tienes derecho a cobrar una jubilación contributiva, no te debes preocupar. No quedarás desamparado, ya que existen otro tipo de ayudas que puedes solicitar para poder subsistir.
3Pensiones de jubilación no contributivas

Todos aquellos trabajadores y trabajadoras que no hayan podido reunir ese mínimo de 15 años cotizados, o que hayan estado desempleados durante toda su vida, entonces podrán contar con una ayuda pública. Se trata de la pensión de jubilación no contributiva. Como su propio nombre indica, está dirigida a los que no han llegado a dicho límite o no han cotizado por diversos motivos.
Una forma de proteger socialmente a todos los ciudadanos con otro tipo de prestaciones que, aunque no sean tan elevadas como las contributivas, representan una gran ayuda para poder subsistir.
Dentro de esta modalidad se incluyen tanto los que hayan estado afectados por algún tipo de invalidez, los que nunca hayan cotizado, o lo hayan hecho sin llegar a los 15 años. Además, este tipo de pensiones estará atribuida a los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma.
Evidentemente, al igual que ocurre con el otro tipo de pensiones, para poder cobrar una pensión de jubilación no contributiva se deben cumplir otros requisitos, como el ser mayores de 65 años y estar en estado de necesidad económica. Gracias a esta ayuda, se prestará una paga, además de cubrir mediante asistencia médico-farmacéutica gratuita, servicios sociales complementarios, etc.
Además de los jubilados españoles, también podrán beneficiarse de ella los nacionalizados o con residencia legal en España que cumplen todos los requisitos:
- Carencia de ingresos suficientes, según el mínimo establecido cada año. Por supuesto, esto debe ser demostrable.
- Se debe ser mayor de 65 años de edad para poder acceder a ella.
- No haber podido cotizar el periodo de 15 años mínimo.
- Residir en territorio español y haberlo hecho durante un periodo de 10 años al menos. Ese periodo debe estar comprendido entre la fecha de cumplimiento de los 16 años de edad y la de la solicitud de la pensión de jubilación no contributiva. Además, dos de esos años deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.