Esta semana ha entrado en vigor la Nueva Ordenanza de Movilidad para la ciudad de Madrid. La ley viene a sustituir a la de 2005, que estuvo vigente más de 10 años. La idea es garantizar una mayor seguridad vial y proteger la salud de las personas. Sin embargo, hay aspectos que parece que se alejan de estas pretensiones. A partir de ahora, las bicicletas podrán circular en sentido contrario en algunas calles de Madrid. Una medida que puede resultar peligrosa.
Tal como ha explicado el Ayuntamiento, esta nueva ordenanza “regula por primera vez las nuevas formas de movilidad compartida y urbana, potencia el transporte público, frente al privado, y la seguridad vial y aumenta la protección del peatón y, especialmente, de determinados colectivos como las personas con movilidad reducida, así como los entornos escolares u hospitales”.
En el tema bicicletas, son muchas las novedades que trae la nueva legislación. Una de las más contraproducentes es la posibilidad de circular de manera kamikaze por algunas de las calles de la capital. Por lo general, se prohíbe “expresamente” la circulación de las bicis por las aceras, calles y zonas peatonales, salvo aceras-bici y menores de doce años.
No obstante, “las bicis podrán circular en ambos sentidos en calles residenciales con velocidad máxima limitada a 20 kilómetros por hora, ciclocalles y, siempre que así esté señalizado expresamente, red viaria local». De esta manera, estará permitido que las bicicletas circulen al contrario que los vehículos a motor en las calles residencias en las que existe una limitación de velocidad a 20 Km/h, excepto cuando existe una señalización específica que lo prohíba.
“En cuanto al resto de calles de sentido único de la red viaria local, podrá habilitarse igualmente dicha posibilidad previo informe del órgano municipal con competencias en materia de seguridad vial y tras la oportuna señalización”, han asegurado desde el Ayuntamiento.
Entre otras faltas que se convierten en legales para las bicicletas se encuentra la posibilidad de que estos vehículos giren a la derecha con el semáforo en rojo. “En cruces semaforizados, y siempre que exista una señalización que así lo indique, se permitiría a los ciclistas cruzar la línea de detención estando el semáforo en fase roja para realizar el giro a la derecha, respetando la prioridad del resto de usuarios”.
LÍMITE 30 KM/H EN CALLES DE UN CARRIL
Son muchos los aspectos que viene a modificar la nueva ordenanza. Un elemento controvertido es la velocidad. La ley establece que el límite máximo será 30 Km/h en calles de un carril por sentido o carril único y 20 Km/h en zonas de plataforma única. “Esta limitación puede extenderse puntualmente a vías con varios carriles por sentido. No obstante, podrá mantenerse un límite de velocidad superior donde pueda suponer perjuicios a los servicios de transporte público colectivo urbano regular de uso general”.
Tal como ha señalado la subdirectora adjunta de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT), Susana Gómez Garrido, en la segunda edición de Impulsando la movilidad sostenible desde las empresas Madrid Summit 2018, “la velocidad mata”. De esta manera, la DGT muestra su agradecimiento a ciudades como Madrid, Barcelona o Bilbao que apuestan por reducir los límites de velocidad en las zonas urbanas.
Por ello, la DGT está desarrollando un real decreto que pretende que se establezca como límite máximo en ciudad 30 Km/h. “Nadie debe morir o resultar gravemente herido por un accidente de tráfico”. Aun así, la propia Gómez Garrido ha explicado que esta limitación no se establecería en las principales arterias de las urbes, como puede ser el Paseo de la Castellana en Madrid o la Diagonal en Barcelona. Además, según datos del propio organismo, la velocidad media en centros urbanos se sitúa 19 kilómetros por hora.
En este sentido, el director general de Gestión y Vigilancia de la Circulación del Ayuntamiento de Madrid, Francisco José López Carmona, ha apuntado que, en lo que va de año, han fallecido 14 peatones en la capital. Esta es una de las razones que explican la reducción de la velocidad, ya que la nueva ordenanza va en línea con la seguridad vial.
LOS PATINETES ELÉCTRICOS SE BAJAN DE LAS ACERAS
Otro cambio que llega tras la entrada en vigor de la nueva ordenanza es la prohibición de la circulación por la acera de los patinetes eléctricos. Todos los Vehículos de Movilidad Urbana (VMU) podrán circular por ciclocalles, carriles bici, pistas bici, por la calzada de calles integradas dentro de zonas 30 y por las calles en las que en todos sus carriles la velocidad máxima de circulación sea igual o inferior a 30 kilómetros por hora. “Para proteger el tránsito peatonal, no podrán circular por las aceras salvo ‘aceras-bici’ y a velocidad reducida”.
“En ningún caso los VMU podrán circular por aceras ni espacios reservados a los peatones, por carriles bus, ni por accesos y tramos no semaforizados en la M30”, explican desde el Ayuntamiento.
Asimismo, para proteger a los clientes, las empresas de alquiler y uso compartido de VMU deberán disponer de un seguro que cubra la responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pudiera ocasionarse a la persona usuaria, a otras personas y bienes, así como al patrimonio municipal.