El PP se ha comprometido a salvar el próximo miércoles, 22 de enero, la convalidación del decreto ley para mejorar la regulación de la jubilación parcial, activa y demorada, que incluye facilitar la compatibilidad entre pensión y trabajo, una norma que fue acordada por los sindicatos y la patronal el pasado julio pero que no gusta a varios socios del Gobierno de coalición.
El líder de los ‘populares’, Alberto Núñez Feijóo, avanzó el apoyo de su formación a este decreto, que conforma la última parte de la reforma de pensiones que comenzó en la legislatura pasada el exministro y ahora gobernador del Banco de España, José Luis Escrivá.
«Hay un acuerdo entre la patronal y los sindicatos, y aunque creemos que esos acuerdos también se tienen que llevar, negociar, en la Cámara, entendemos que es un aval suficiente para que el PP se posicione a favor de ese real decreto ley», indicó Feijóo el pasado martes.
CRÍTICAS DE BILDU Y PODEMOS
Quienes han dicho que no van a apoyar este decreto son Bildu y Podemos, pues alegan que en la práctica supone alargar más la edad de jubilación. Aunque no ha fijado posición, Sumar también se ha mostrado crítica con la reforma alegando el mismo argumento.
El portavoz de pensiones de EH Bildu en el Congreso, Iñaki Ruiz de Pinedo, dijo que la reforma «no representa a los y las pensionistas vascas ni tiene el aval de la mayoría sindical vasca». «Empuja a quienes tienen pensiones más bajas a alargar su edad de jubilación para complementarla. Si el Gobierno no rectifica, no contará con nuestro apoyo», dijo el portavoz.
Por su parte, fuentes de Podemos advirtieron que la reforma supone «alargar la edad de jubilación de forma encubierta» más allá de los 67 años, por lo que avanzaron su vota en contra del decreto e instaron al Ejecutivo a retirar la propuesta.
MODIFICACIÓN EN LA JUBILACIÓN ACTIVA
En lo que se refiere a la reforma, esta elimina el requisito de tener una carrera de cotización completa para disfrutar de la jubilación activa.
En cambio, este tipo de jubilación será compatible con los incentivos de demora y su compatibilidad se fijará en función del tiempo que se demore, de manera que cada año de demora en la jubilación activa incrementará el porcentaje a aplicar en el percibo de la pensión e irá del 45%, cuando la demora sea de un año, hasta el 100% de la pensión si el acceso a la misma se ha demorado cinco años o más.
Además, el porcentaje de la pensión se irá incrementando cinco puntos porcentuales por cada doce meses de actividad profesional ininterrumpida, sin que, en ningún caso, se supere el 100% de la pensión.
Sobre los cambios en la regulación de la jubilación parcial, se establece ampliar de dos a tres años la posibilidad de anticipo de acceso a la edad de jubilación. Eso sí, con adaptaciones en la reducción de la jornada. Además, se mejoran las condiciones del trabajador relevista, de modo que su contratación será indefinida y a tiempo completo. Los cambios introducidos en la jubilación parcial y activa entrarán en vigor el 1 de abril de este año.
LA JUBILACIÓN PARCIAL EN INDUSTRIA MANUFACTURERA SE PRORROGA
Respecto a la regulación especial de la jubilación parcial para los trabajadores de la industria manufacturera, se prorroga el marco actual hasta 2029 incluido.
Esta prórroga incluye algunos ajustes para mejorar las condiciones del trabajador relevista y el diseño de una regulación más equilibrada y flexible para la empresa en lo que respecta a la organización de la jornada del relevista y del jubilado parcial. Además, según informó la Seguridad Social, se prevé que el Gobierno realice en el último trimestre de 2028 una evaluación del impacto de la reforma de la jubilación parcial.
COEFICIENTE MULTIPLICADOR PARA FIJOS DISCONTINUOS
Asimismo, el decreto mejora la jubilación demorada con la posibilidad de recibir un incentivo adicional por cada seis meses de demora a partir del segundo año y no sólo cada doce meses.
Estas medidas, que se encuentran en el marco del Pacto de Toledo, y en concreto en su recomendación doce sobre la edad de jubilación, completan el proceso de reformas iniciado en 2021 que buscaban acercar la edad efectiva de jubilación a la edad legal ordinaria y establecían un nuevo abanico de opciones para el trabajador para la jubilación.
El decreto también establece un mandato para que el Gobierno, en un plazo de seis meses, analice los requisitos de la jubilación flexible para incentivar esta modalidad.
El texto también incluye mejoras en las condiciones de acceso a la jubilación para los trabajadores fijos discontinuos que recuperan el coeficiente multiplicador del 1,5 que se aplicaba a la hora de calcular el periodo de carencia para acceder a la pensión de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia.
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