A lo largo y ancho de la red de carreteras españolas nos encontramos con señales de límites de velocidad de la DGT que van desde los 20 km/h hasta los 120 km/h, y debes saber que recientemente se han modificado muchos de ellos. Una situación que se hace con los radares como grandes protagonistas porque son ellos los que tienen ‘por costumbre’ multarnos.
Así, es sabido que Madrid tiene tres de los 10 radares que más multan en España. Pero el cinemómetro más multón no está en la capital, sino en Málaga, que el año pasado tramitó un total de 48.771 denuncias. Ahora bien; ¿A qué velocidad multan los radares de la DGT? ¿Cuántos km/h tengo de límite? Lo conocemos desde MERCA2.
En ciudad o en carretera, los radares de la DGT tienen una velocidad límite

Una de las grandes preocupaciones de los conductores pasa, sin duda, por no ser multado mientras viaja de un lugar a otro. Ya sea en ciudad o en carretera, para ir al trabajo o de vacaciones, hay cientos de radares de la Dirección General de Tráfico, la DGT, repartidos por toda la geografía española. Estos, en la mayoría de los casos, están esperando a ‘cazar’ a aquellos que se pasan los límites de velocidad.
Y es que en los tiempos que corren nos pasamos más tiempo pagando que cobrando. Sabiendo eso, lo que menos necesitamos es que el radar de turno nos haga una foto y nos venga, semanas después, una carta en la que nos indiquen la cuantía de nuestra multa, tanto en términos monetarios como en términos de puntos. Pero, ¿sabías a qué velocidad saltan? Sigue leyendo, lo conocemos.
Los radares de la DGT poseen un umbral de velocidad (y un margen de error)

Desde 2015 la DGT cambió su método de gestión de los radares. ¿Piensas que el radar sólo salta cuando superamos el 10% de la velocidad de la vía? Si es así, estás equivocado: desde 2020 (entrando en vigor en 2021) las tornas han cambiado y ese rango y umbral de velocidad ha cambiado. Esto trata de un sistema renovado de Tráfico que se ha reducido con la situación anterior.
Y es que son muchas las leyendas urbanas sobre los radares de velocidad de la DGT que circulan por internet. Y una de las más extendidas es la velocidad a la que realmente multan estos cinemómetros. Bien es cierto que la ley apunta que sólo 1 km/h por encima del límite, ya es sancionable. Sin embargo, los estos radares poseen un margen de error de algunos kilómetros por hora, que les impide medir con total precisión la velocidad en todas circunstancias, como, por ejemplo, lluvia o niebla…
Para medir la precisión de velocidad, los radares de la DGT utilizan el sistema ‘Tolerancia 7’

Como decimos, tanto los que son radares fijos como móviles que usan desde la DGT tienen un margen de error y, como tal, no son perfectos, ni mucho menos. Así, este margen proporciona a los conductores unos kilómetros ‘extra’ antes de ser interceptados cuando circulan por encima de la velocidad máxima establecida para la vía.
Esat está activa desde la instrucción del año 2015, cuando la Dirección General de Tráfico aplicó una regla conocida como ‘Tolerancia 7’, y que a día de hoy se sigue utilizando el truco para saltarte los límites que marcan los dispositivos, aunque todo de manera legal. La precisión de los cinemómetros oscila entre el 3 y el 7%, dependiendo de su antigüedad y del tipo de sistema (fijo o móvil).
Así se calcula el umbral de tolerancia con los radares de la DGT

Este se conoce como ‘Tolerancia 7’, donde su respuesta dependerá del tipo de vía por la que transite, pues está estrechamente vinculado con el límite de velocidad máximo permitido en cada vía y el conocido como umbral de tolerancia. Con todo, el umbral de tolerancia es una regla que establece que hasta 100 km/h el margen es de 7 km/h.
Por lo que se suman 7 km, y por encima de 100 km/h el margen se mide calculando el 7% de la velocidad máxima permitida. Es decir; si el límite es de 50 km/h el radar se activará a 58 km/h. Sin embargo, sobre 100 km/h hay que calcular el 7% del límite establecido en cada vía.
No en todas las situaciones la DGT lo mide igual: depende de los tipos de vías

De hecho, si rebuscamos en internet, es más que probable dar con algunos casos de multas anuladas a algunos conductores por una incorrecta aplicación de este margen. Estos casos han afectado a diferentes tipos de radares, entre los que se incluyen, por ejemplo, los ‘foto-rojo’ instalados en los semáforos.
Y eso que, en este caso, los radares utilizan el tiempo que transcurre desde que el semáforo pasa de verde, a ámbar y posteriormente rojo para calcular la sanción. Pero no en todas las situaciones se mide igual. Y es que no; no es lo mismo pasarse 10 km/h del límite de velocidad en una autovía o autopista, que excederse esos mismos 10 km/h en una vía urbana limitada a 50 km/h.
¿A qué velocidad disparan realmente los radares?

De todos modos, más allá de umbrales y tolerancias que podemos dar en nuestras carreteras, cumplir y respetar los límites de velocidad es una obligación que todos conocemos pero que a veces, (demasiadas) se nos olvida. Así, en la mayoría de ocasiones circulamos con el ‘piloto automático’ y ello puede ser motivo de accidente en el peor de los casos, y en otros nos encontramos con un radar de la DGT.
Eso hace que, en cuanto nos para un agente para informarnos de nuestra infracción, lo primero que pensamos es: «Si no circulaba rápido, ¿a cuánto iba? El agente nos informa y a partir de ahí solo queda pagar la multa y comenzar a discutir a qué velocidad dispara realmente un radar. Como tal, la respuesta es que en los situados en vías con velocidad máxima inferior a 100 km/h, se aplicará un margen de 7 km/h ‘extras’, como mencionábamos anteriormente, mientras que en carreteras con un límite de 80 km/h multarían desde 88 km/h.
La excepción de los cinemómetros móviles

Es decir, en la práctica, aunque una autovía imponga un límite de 120 km/h, estos aparatos saltan a partir de 129 km/h dado que el 7% de 120 es 8,4. Por su parte, en las vías con un tope de 110 km/h, los cinemómetros registran multas a partir de los 117,7 km/h.
Un margen del 7% que para velocidades iguales o inferiores a 100 km/h desaparece para dejar, simplemente, la posibilidad de superar la velocidad permitida en 7 km/h. Eso sí, este posible fallo solo se aplica a los radares móviles (hay 545 en España que la DGT pone o guarda dependiendo de las fechas y regiones con movilidad).
Para los fijos la tolerancia es de un 5%

Para los radares fijos, 780 por toda la geografía, la tolerancia de la DGT es de un 5%. Es decir; para vías de 120 km/, el máximo será de 126 km/h, mientras que para las de 110 km/h será de 115 km/h. Al igual que con los móviles, a partir de 100 km/h se aplican 5 km/h en vez de un 5% sobre la velocidad máxima (por ejemplo, los radares se activan a partir de 95 km/h en vías con límite de 90 km/h).
Este es un ‘truco’ por el que se puede seguir sobrepasando la velocidad máxima, a pesar de la prohibición al margen de 20 km/h en adelantamientos, pero que la DGT siempre trata con respeto. Asimismo, estos límites de velocidad solo son pequeños márgenes de error que evitan multas siempre y cuando conduzcamos a una velocidad muy parecida a la máxima permitida. Por ello es importante conducir siempre con precaución, respetando las velocidades y en ningún caso ir a una velocidad muy superior, lo que puede suponer un peligro para nosotros y para el resto de conductores que se encuentren en la vía.