Hacienda siempre tiene un ojo puesto en los movimientos de dinero, y la cuestión de cuánto se puede enviar a un familiar sin encender las alarmas es una preocupación recurrente para muchos contribuyentes. Aunque el instinto nos diga que las transferencias entre parientes cercanos deberían ser un asunto privado, la realidad es que existen ciertos umbrales y normativas que la Agencia Tributaria vigila de cerca, especialmente para prevenir el blanqueo de capitales y el fraude fiscal. Conocer estos límites es fundamental para evitar sorpresas desagradables y mantener nuestras finanzas en regla.
La Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, establece un marco claro: las transferencias que superen los 6.000 euros están sujetas a un análisis más exhaustivo por parte de las entidades bancarias, que deben informar a Hacienda. Pero no es el único número a tener en cuenta, ni la única circunstancia que puede llevar a la Agencia Tributaria a pedir explicaciones, por lo que conviene entender bien la letra pequeña antes de realizar cualquier movimiento significativo de fondos, incluso dentro del núcleo familiar más íntimo.
LOS NÚMEROS MÁGICOS: ¿CUÁNDO SALTA EL AVISO A HACIENDA?

Aunque la cifra de 6.000 euros es la que más resuena cuando se habla de transferencias bajo la lupa de Hacienda, es importante entender su contexto. Esta cantidad no implica una prohibición ni una sanción automática, sino que activa una obligación de información por parte de las entidades financieras hacia la Agencia Tributaria, en cumplimiento de la Ley 10/2010. Los bancos deben comunicar estas operaciones para que, si se considera necesario, se investigue su origen y destino, asegurando que no se trata de dinero de procedencia ilícita.
Pero el radar de Hacienda no se limita a esta cifra. Cualquier movimiento de dinero en efectivo superior a 3.000 euros realizado a través de entidades de crédito también puede ser comunicado. Además, existe la obligación de declarar los movimientos de medios de pago por territorio nacional por importe igual o superior a 100.000 euros, o su contravalor en moneda extranjera, y de 10.000 euros o su contravalor si es entrada o salida de territorio nacional. Son cifras distintas que a menudo se confunden, pero todas apuntan a un control exhaustivo del flujo de capitales.
REGALOS ENTRE FAMILIARES: ¿TRANSFERENCIA O DONACIÓN ENCUBIERTA?

Cuando el dinero se mueve entre familiares, Hacienda puede interpretar ciertas transferencias como donaciones encubiertas si no se justifican adecuadamente. Aunque ayudar a un hijo con la entrada de un piso o a un hermano en un apuro económico es un gesto común, si la cantidad es significativa y no responde a una deuda o a un préstamo debidamente documentado, podría considerarse una donación sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Este impuesto varía considerablemente entre comunidades autónomas, y su no declaración puede acarrear sanciones.
Es crucial entender que no existe un importe mínimo exento de forma general para las donaciones a nivel estatal que evite la obligación de declararlas, aunque muchas comunidades autónomas establecen bonificaciones o exenciones significativas para donaciones entre parientes directos. Por ello, incluso cantidades inferiores a los 6.000 euros podrían ser consideradas donaciones si esa es su naturaleza real, y Hacienda podría solicitar la liquidación del impuesto correspondiente si tiene constancia de ellas, independientemente de la obligación de información bancaria.
EL PAPEL DE LOS BANCOS: GUARDIANES (Y CHIVATOS) DE HACIENDA

Las entidades financieras juegan un papel fundamental en el control que ejerce Hacienda sobre los movimientos de capital. No actúan por iniciativa propia al informar sobre ciertas operaciones, sino que cumplen con obligaciones legales impuestas por normativas como la mencionada Ley 10/2010. Su deber es identificar y comunicar operaciones sospechosas de estar vinculadas al blanqueo de capitales o a la financiación del terrorismo, así como aquellas que superen determinados umbrales cuantitativos.
Esto significa que el banco informará a Hacienda de transferencias recurrentes sin justificación aparente, ingresos de grandes sumas de efectivo, o cualquier operativa que se salga de lo habitual en la cuenta de un cliente, incluso si no se superan los 6.000 euros en una única transacción. El objetivo es proporcionar a la Agencia Tributaria la información necesaria para que pueda realizar sus comprobaciones, por lo que la transparencia en nuestras operaciones bancarias es siempre la mejor política para evitar malentendidos. La colaboración de los bancos es una pieza clave en la estrategia de control de Hacienda.
PRÉSTAMOS FAMILIARES: LA ALTERNATIVA FORMAL PARA EVITAR PROBLEMAS CON HACIENDA

Si la intención es prestar dinero a un familiar con la expectativa de que sea devuelto, la mejor forma de evitar que Hacienda lo considere una donación es formalizar un contrato de préstamo entre particulares. Este documento, aunque sea entre familiares, debe recoger las condiciones del préstamo, como el importe, el plazo de devolución y el tipo de interés (que puede ser cero). Es importante registrar este contrato en la oficina liquidadora de la comunidad autónoma correspondiente, presentando el Modelo 600, aunque la operación esté exenta del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
Esta formalización no solo dota de seguridad jurídica a ambas partes, sino que también ofrece una justificación clara ante Hacienda sobre el origen y el destino del dinero, así como de los pagos de devolución. No hacerlo, y simplemente transferir una suma importante, puede llevar a la presunción de una donación, con las consiguientes implicaciones fiscales. Un contrato bien hecho es la mejor defensa ante cualquier requerimiento de información por parte de la Agencia Tributaria.
TRANSPARENCIA Y JUSTIFICACIÓN: CLAVES PARA NO TENER SUSTOS CON HACIENDA

En última instancia, la clave para evitar problemas con Hacienda al enviar dinero a un familiar es la transparencia y la capacidad de justificar la operación. Si se trata de una ayuda puntual y de un importe modesto, es poco probable que genere problemas, pero ante cantidades más elevadas o transferencias recurrentes, es fundamental poder acreditar el motivo. Guardar documentación, formalizar préstamos o, si procede, declarar las donaciones, son prácticas recomendables.
Ante cualquier duda, o si se prevé realizar una transferencia de un importe considerable, consultar con un asesor fiscal puede ahorrar muchos quebraderos de cabeza. Hacienda dispone de mecanismos para cruzar información y detectar irregularidades, por lo que intentar ocultar operaciones o no declararlas correctamente puede acabar saliendo caro en forma de sanciones e intereses de demora. Actuar con previsión y con conocimiento de las obligaciones fiscales es siempre la mejor estrategia cuando se trata de dinero y familia, especialmente si Hacienda puede estar observando.