MásMóvil solicita formalmente a la CNMV su exclusión bursátil

MásMóvil ha solicitado la exclusión de negociación de la totalidad de las acciones representativas de su capital social de las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Valencia y Bilbao y del Sistema de Interconexión Bursátil, después de su aprobación este lunes en la junta general extraordinaria de accionistas.

Así lo ha notificado la compañía en un comunicado remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), en el que explica que dicha solicitud busca autorizar la exclusión mencionada sin necesidad de formular una oferta pública de exclusión. Según lo solicitado, la cotización quedará suspendida tras el cierre del mercado el 3 de novimebre y hasta la exclusión definitiva de la cotización.

El anuncio se produce después de que la junta general extraordinaria de accionistas haya dado su respaldo este lunes a la exclusión bursátil de la operadora de telecomunicaciones tras el éxito de la Oferta Pública de Adquisición (OPA) lanzada por KKR, Cinven y Providence, que ya poseen más de 91% de los títulos de la compañía.

La propuesta de exclusión bursátil ha sido aprobada por «mayoría suficiente», ya que los titulares de un 97,592% de las derechos de voto presentes en la junta votaron a favor de la exclusión bursátil, mientras que un 2,397% han sido votos en contra y un 0,011% abstenciones.

La aprobación de la salida de Bolsa de la operadora era previsible, ya que contaba con el respaldo de Lorca Telecom, el vehículo creado por los fondos para la compra de MásMóvil, que ya adelantó que iba a votar a favor del acuerdo de exclusión de negociación de las acciones de la compañía, ya que esta era su intención cuando lanzó la oferta.

Según la última comunicación a la CNMV, a cierre de mercado del día 1 de octubre de 2020 la participación de Lorca Telecom ascendía a un total de 120.657.856 acciones, representativa de un 91,61% del capital social de MásMóvil Ibercom.

Esta cifra incluye tanto las 113.819.588 acciones de MásMóvil, representativas del 86,41% del capital social y de los derechos de voto de la sociedad, que acudieron a la OPA que presentaron, como las adquiridas posteriormente en el marco de la orden sostenida de compra lanzada por los fondos tras la misma.