El BOE publica la ampliación de avales del ICO y las condiciones de los nuevos tramos habilitados

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este jueves el acuerdo del Consejo de Ministros por el que se amplían el plazo de solicitud de avales hasta el 1 de junio y el vencimiento de los avales ya liberados por un máximo de tres años (hasta ocho años), así como el acuerdo que establece las condiciones de los nuevos tramos liberados para financiar a empresas en convenio y a aquellas que, sin estarlo, estaban en proceso de renovación de su programa de pagarés en el Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF).

En cuanto al acuerdo de extensión de los plazos y carencias, que se aprobó la semana pasada, el BOE publica las condiciones aplicables y requisitos a cumplir.

Para operaciones con deudores que reciban ayuda pública inferior a 800.000 euros (a 120.000 si pertenece al sector de la pesca o acuicultura o a 100.000 si para el sector agrícola), el coste del aval para el plazo extendido será el inicialmente aplicado a la operación de financiación, mientras que para el resto de operaciones se aplicará, a partir de la extensión del plazo, una tabla de remuneraciones que aumenta según lo hace el vencimiento de los avales.

En cuanto al análisis del cumplimiento de los requisitos de elegibilidad, se modificarán los términos de las operaciones avaladas de hasta 50 millones de euros que hayan sido aprobadas por la entidad, sin perjuicio de comprobaciones posteriores sobre sus condiciones de elegibilidad, así como los términos de las operaciones avaladas por encima de 50 millones de euros, una vez que el ICO haya analizado el cumplimiento de las condiciones de elegibilidad exigidas para la extensión de manera complementaria al análisis de la entidad financiera.

NUEVA LÍNEA DE AVALES

Por otro lado, el BOE ha publicado el acuerdo del Consejo de Ministros del martes por el que se establecen los términos y condiciones de los nuevos tramos de la línea de avales del ICO de 40.000 millones de euros para inversión y liquidez aprobado en julio.

En concreto, se liberó un tramo de 2.550 millones para financiar a empresas y autónomos que se encuentren en un proceso de concurso de acreedores pero se hallen al corriente de pagos, de los que 2.500 millones es financiación canalizada a través de entidades financieras y otros 50 millones a través del MARF.

Las empresas podrán optar a esta financiación avalada si a 31 de diciembre de 2019 estuviesen al corriente de sus obligaciones conforme al convenio.

Asimismo, se habilitaron 250 millones de euros para avalar los pagarés emitidos en el MARF por empresas que no pudieron beneficiarse del tramo dispuesto en la primera línea al estar en fase de renovación de su programa de pagarés, siempre que se emitan tras la adopción del acuerdo y antes del 30 de junio de 2021. El importe de aval para cada emisión de pagarés de cada emisor será como máximo el 70% del importe de cada emisión y el vencimiento máximo del aval será de 24 meses.