Repsol no ingresará por ahora los 120,3 millones del impuesto energético de 2024. La Audiencia Nacional ha suspendido de forma cautelar la liquidación del gravamen y el mercado lo ha celebrado antes incluso de conocer el detalle del auto: los títulos de la petrolera subieron un 2,58% en la mañana del viernes, hasta 28,97 euros, el mayor avance del Ibex 35 en una sesión en la que el selectivo se quedó prácticamente plano.
El auto del 28 de septiembre deja 272,7 millones en suspenso
El auto está fechado el 28 de septiembre y responde a la petición de la compañía de paralizar la ejecución de una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), que el 9 de julio había desestimado su reclamación contra la liquidación de 2024, fijada en esos 120,3 millones de euros.
Conviene precisar el alcance. La suspensión es cautelar, no definitiva: no resuelve el fondo del litigio ni anula la liquidación, solo impide su cobro mientras se tramita el recurso contencioso-administrativo. Si la sala acaba dando la razón a la Agencia Tributaria, Repsol tendrá que ingresar el principal y los intereses acumulados. La caja se protege ahora; no se libera.
No es la primera vez. A comienzos de agosto, la Audiencia Nacional ya había suspendido otro pago de 152,4 millones de euros, en ese caso correspondiente al gravamen de 2023. Dos ejercicios, dos autos. Entre ambos, la compañía mantiene en el aire 272,7 millones frente al fisco.
El origen del conflicto es la Ley 38/2022, que creó un gravamen del 1,2% sobre la cifra de negocio de las grandes compañías energéticas con vocación declarada de temporalidad. El sector ha discutido su diseño desde el primer día por una razón elemental: se grava el ingreso, no el beneficio. Para un negocio de márgenes estrechos y volúmenes enormes, como el refino, la diferencia entre una cosa y otra lo es todo.
Dos autos en tres meses han dejado 272,7 millones en suspenso: la discusión ya no es cuánto se debe, sino cuánto tiempo puede el Estado cobrar sin una sentencia firme.
Un 2,58% con tres impulsores: juzgado, Brent y refino
La cotización no se explica solo por la decisión judicial. El Brent avanzaba un 0,68%, hasta 113,9 dólares por barril, tras llegar a superar los 114, y el gas TTF europeo subía un 3,73%, hasta 93,4 euros por megavatio hora, después de rebasar los 90 euros el día anterior por primera vez desde 2022. Un operador integrado con refino en España cobra por las dos vías.
El auto abre la puerta; el crudo en el entorno de los 114 dólares y el gas por encima de 90 la empujan. Sin el segundo factor, el movimiento habría sido más modesto.
A ese cóctel se añade la cita del 29 de octubre, cuando la compañía presenta sus resultados del tercer trimestre. El consenso no espera sobresaltos en la cifra, pero sí novedades en dos frentes: la actualización de las guías para el cierre de 2026 y para 2027 y el anuncio de un nuevo programa de recompra de acciones.
Desde Renta 4, el analista Pablo Fernández de Mosteyrín sitúa esa recompra en torno a los 900 millones de euros, al calor de la generación de caja que dejan unos márgenes de refino que han vuelto a sorprender al alza en el tercer trimestre. Con el crudo instalado en el entorno de los 114 dólares, el debate del accionista se ha desplazado del pleito fiscal a la retribución. Los números mandan.
Ahí está el detalle que el mercado premia: 272,7 millones que no salen de caja este trimestre y una política de retorno que, si se confirma el jueves, superaría con holgura el importe total del litigio. La aritmética del accionista es tozuda.
El Ibex abrió con una subida del 0,13% y una hora después cedía ese mismo porcentaje. En un índice plano, el 2,58% de Repsol destaca el doble: no es que el mercado suba, es que el mercado eligió un valor concreto.
El litigio no se mide en 120 millones, sino en años
La suspensión cautelar es una buena noticia para el balance de Repsol y una mala noticia para la arquitectura del tributo. Un gravamen que se cobra ejercicio a ejercicio y que se recurre liquidación a liquidación termina dependiendo de la velocidad de los tribunales, no de la ley. Y esa variable no la controla ni el Gobierno ni Hacienda.
El precedente importa más de lo que parece. Cuando un tribunal suspende dos liquidaciones consecutivas del mismo tributo a la misma compañía, el mensaje no es que el impuesto sea ilegal, sino que la posición del contribuyente tiene consistencia suficiente para que la sala proteja su caja mientras decide. Es un umbral bajo, pero relevante para el resto de expedientes abiertos.
El riesgo evidente es la asimetría. Las suspensiones se conceden compañía a compañía y liquidación a liquidación, de modo que dos operadores del mismo sector pueden acabar con tratamientos distintos según cuándo recurrieron y qué sala revisó su expediente. En un mercado que presume de neutralidad regulatoria, esa geometría variable es difícil de defender.
El segundo riesgo es de caja pública. Cada auto que paraliza un ingreso aprieta las cuentas de la Agencia Tributaria, aunque sea de forma transitoria. El gravamen se diseñó en 2022 como un parche recaudatorio con fecha de caducidad y cuatro años después sigue generando litigios, provisiones y titulares. La seguridad jurídica era, precisamente, lo que el sector venía reclamando en en los últimos ejercicios.
Para el accionista el cálculo es más simple. La petrolera cotiza a 28,97 euros, con el refino en uno de sus mejores momentos del ciclo y una recompra en camino. La sentencia definitiva —la que decidirá si estos 272,7 millones se pagan, se devuelven o se compensan— llegará, previsiblemente, mucho después de que el actual programa de retribución esté agotado.
Lo que toca vigilar es el calendario. El 29 de octubre Repsol detallará sus guías y probablemente el tamaño exacto de la recompra; quedará por ver si el criterio de la Audiencia Nacional se consolida en las liquidaciones pendientes del mismo tributo. Si el goteo de autos continúa, el problema dejará de ser fiscal y pasará a ser de diseño: un impuesto que hay que litigar para no pagarlo arrastra, por definición, un defecto de origen.




