La creación de empresas sube un 8,1%: cómo constituir una empresa según tu facturación

Las constituciones de sociedades suben un 8,1% en lo que va de 2026, pero las disoluciones crecen un 7%. La clave para elegir entre RETA y sociedad limitada no es el prestigio: es el beneficio anual y el coste de la estructura.

santander autonomos

Constituir una empresa vuelve a estar de moda: las sociedades mercantiles nuevas crecen un 8,1% entre enero y septiembre de 2026, según el seguimiento de registros mercantiles que elabora Iberinform.

El dato tiene letra pequeña. En septiembre las constituciones cayeron un 2,4% respecto al mismo mes del año anterior, y las disoluciones acumulan una subida del 7% en lo que va de año. Más empresas que nacen y también más que se apagan.

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Qué dice el dato: dónde se crea y dónde se cierra

Por territorios, las nuevas firmas se concentran donde siempre: Madrid (22% del total), Cataluña (20%), Andalucía (16%) y la Comunidad Valenciana (13%). Por actividad, el 25% del total de constituciones se los lleva el bloque de construcción e inmobiliario, seguido de servicios a empresa (16%), comercio (15%) y hostelería (9%).

Lo interesante está en los extremos. El inmobiliario crece un 89% en el acumulado y la industria electrónica y TIC un 67%, mientras la construcción cae un 37% en constituciones pese a liderar el volumen total. El ladrillo físico frena; el negocio patrimonial se dispara. Metalurgia (64%), extractiva (53%) y automoción (51%) completan la lista de los sectores que más crecen.

En el lado de las bajas, el patrón se repite. Madrid concentra el 27% de las disoluciones, Andalucía el 16% y la Comunidad Valenciana el 12%. Construcción e inmobiliario (24%), comercio (18%) y servicios a empresa (15%) son los sectores donde más sociedades se dan de baja.

Crecer en constituciones no es crecer bien: un 89% en inmobiliario y un -37% en construcción son dos negocios distintos metidos en la misma estadística.

Autónomo o sociedad limitada: los umbrales que deciden de verdad

Vamos por partes. La elección entre darte de alta como autónomo o crear una sociedad limitada no va de prestigio ni de aparentar tamaño. Va de dónde tributa el beneficio y de cuánto cuesta mantener la estructura. Como autónomo, el beneficio se suma a tu base general del IRPF y paga los tipos marginales que te correspondan. Como sociedad, la empresa paga Impuesto de Sociedades.

Ahí hay un matiz que casi nadie explica bien. El tipo general del Impuesto de Sociedades es el 25%, pero las sociedades de nueva creación tributan al 15% en el primer ejercicio con base imponible positiva y en el siguiente, salvo que su actividad sea la mera gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario (artículo 29 de la Ley 27/2014). En un año de arranque con beneficios, ese ahorro es real.

crear sociedad limitada

Pero el 25% —o el 15%— no es el final del camino. Para sacar dinero de la sociedad hay dos vías: una nómina, que tributa en el IRPF como rendimiento del trabajo, o un dividendo, que tributa en la base del ahorro con un tipo que arranca en el 19%. La sociedad no elimina el IRPF: lo aplaza y lo separa.

El segundo criterio es la carga administrativa. Una SL está obligada a llevar contabilidad mercantil, formular cuentas anuales y depositarlas en el Registro Mercantil. Ese sobrecoste —contabilidad, depósito, gestoría— rara vez baja de los 1.000 euros al año. Un autónomo en estimación directa simplificada, con ingresos por debajo de 600.000 euros, se libra de todo eso.

Con esos dos mimbres, la cuenta queda así. Por debajo de 35.000 euros de beneficio anual, la sociedad limitada casi nunca compensa: sumas coste de estructura y acabas tributando dos veces por el mismo dinero. Entre 35.000 y 60.000 la decisión depende de si vas a reinvertir en el negocio o de si necesitas ese dinero fuera para vivir. Por encima de 60.000 euros, y sobre todo si tu actividad tiene riesgo de responsabilidad civil, la balanza se inclina hacia la sociedad. No son umbrales legales, son aritmética.

Y hay un escenario que se salta la comparación: si vas a tener socios, la respuesta es persona jurídica casi siempre. Si además tu actividad exige facturar como empresa para acceder a determinados contratos públicos, la duda ya no es si constituir una empresa, sino si hacerlo como sociedad limitada, sociedad civil o comunidad de bienes.

Por qué este 8,1% dice menos de lo que parece

Ya hemos visto este patrón. Cuando la Ley 18/2022, la conocida como Ley Crea y Crece, rebajó el capital social mínimo de la sociedad limitada a 1 euro en octubre de 2022, el sector esperaba un alud de constituciones. Llegó, pero moderado: el cuello de botella nunca fue el capital, sino las obligaciones que vienen detrás.

Hoy pasa algo parecido. Un 8,1% más de constituciones con un 7% más de disoluciones deja un saldo neto estrecho, y el -2,4% de septiembre avisa de que el ritmo no es lineal. La lectura correcta es sectorial: el inmobiliario y la electrónica tiran del dato mientras la construcción pierde empresas. El dato agregado no dice nada de tu caso concreto.

La sociedad limitada se sigue vendiendo como un ascenso cuando es un cambio de régimen de obligaciones. Depositar las cuentas cada año significa publicar tu cifra de negocio. Pagar nómina al socio que trabaja en la empresa exige, además, tenerlo de alta en el RETA como socio societario, con cuota calculada por tramos según rendimientos. Nada de eso es grave, pero conviene saberlo antes del notario y no después.

Para los próximos meses, dos cosas que mirar: si el -2,4% de septiembre se corrige en el cuarto trimestre o se consolida, y si el tirón del inmobiliario produce constituciones con actividad real o sociedades patrimoniales sin negocio. Si estás en la frontera entre autónomo y SL, haz números con tres escenarios —conservador, medio y bueno— antes de firmar nada. La forma jurídica que hoy te sale cara puede ser la adecuada dentro de dos años, y al revés.

Guía rápida del trámite

  • 📅 Plazos: el alta censal (modelos 036 y 037) se presenta antes de iniciar la actividad; la escritura de la SL se lleva al Registro Mercantil cuanto antes.
  • ✅ Requisitos clave: para la SL, escritura ante notario y 1 euro de capital desde la Ley Crea y Crece; el socio trabajador se da de alta en el RETA.
  • 🌐 Dónde solicitarlo: alta censal en la sede electrónica de la AEAT (con certificado o Cl@ve), alta de autónomo en el portal Importass y constitución vía CIRCE.
  • 💰 Importe o coste: la SL parte de 1 euro de capital y añade contabilidad y depósito de cuentas; el autónomo puede usar la cuota reducida de 80 euros al mes.
  • ⚠️ Error a evitar: no depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil, que cierra la hoja registral y bloquea cualquier inscripción.

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