
El Tribunal Supremo rechaza que las empresas limiten a cinco días al año el permiso retribuido por cuidar a un familiar grave o hospitalizado. La sentencia fija una idea que muchas pymes tenían mal apuntada en su protocolo: el permiso se genera por cada hospitalización, no por cada año natural.
La resolución, del pasado 25 de septiembre, ratifica la sentencia previa de la Audiencia Nacional, que estimó la demanda que llevaron CCOO, UGT y CSIF contra el grupo empresarial RACE. La empresa había topado ese permiso en cinco días anuales por trabajador.
El Supremo no discute que el permiso dure cinco días. Lo que rechaza es que ese tope se aplique al año. El permiso se genera por cada hecho causante, así que un mismo trabajador puede disfrutarlo varias veces en doce meses si su familiar vuelve a enfermar o a ingresar.
Qué ha decidido el Supremo y en qué se apoyaba la empresa
La parte empresarial se aferraba a la Directiva europea 2019/1158, que regula el permiso para cuidadores con ‘cinco días laborables al año por trabajador’. El Supremo responde con un argumento que conviene tener claro: una directiva europea fija un mínimo de protección, no un techo. Bruselas marca el suelo y cada Estado puede legislar por encima.
España lo hizo al trasponer la norma con el Real Decreto-ley 5/2023. España amplió el permiso de dos a cinco días sin tope anual, pero no incluyó ningún límite por año en el Estatuto de los Trabajadores. El tribunal lo dice con claridad: no puede aceptar que la reforma española buscara reducir la protección hasta igualarla con la que garantiza la directiva.
El tope de cinco días al año no está en la norma española: lo puso la empresa y el Supremo acaba de tumbar ese atajo.
Cada hospitalización abre un permiso nuevo, y el alta no lo cierra
Hay un segundo punto que también cae. Los cinco días no se agotan con el alta hospitalaria. Si las necesidades de cuidado persisten —la enfermedad sigue, hay una convalecencia larga o el familiar no puede valerse por sí mismo—, el permiso continúa. La empresa había defendido justo lo contrario: que se acababa al salir del hospital.
Traducido al día a día: cada hecho causante arranca su propio permiso de cinco días. No hay contador anual. No hay un depósito de días que se reparte entre enero y diciembre. Y no hace falta esperar al año siguiente para volver a reconocerlo.
No hay tope. No hay reinicio en enero.
Qué tienen que revisar las pymes y los autónomos con empleados
Si eres autónomo y no tienes a nadie contratado, esta sentencia no te toca la cuota ni ningún trámite con Hacienda: es una norma laboral, y las normas laborales afectan a quien tiene trabajadores por cuenta ajena. Pero si tienes empleados o gestionas una pyme, el fallo tiene consecuencias directas.
La primera es revisar el protocolo interno. Un tope de cinco días al año, aunque esté escrito en un manual o en un acuerdo de empresa, no sirve si impide generar un permiso nuevo por cada hecho causante. La segunda es que negar el permiso con el límite anual puede acabar en los tribunales, con el coste y el tiempo que eso supone para un negocio pequeño.
Conviene además guardar la documentación de cada hecho causante: parte de hospitalización, informe médico, o justificante del cuidado. Es lo que permitirá distinguir un permiso nuevo de una simple prolongación del anterior si alguna vez hay que explicarlo.
Tampoco hay excepciones para las pymes.
El precedente que explica el fallo y lo que conviene vigilar
Este litigio no sale de la nada. Viene de cómo se trasladó la Directiva 2019/1158 cuando España aprobó el Real Decreto-ley 5/2023. El texto europeo hablaba de cinco días laborables al año para el permiso del cuidador, y algunas empresas leyeron esa cifra como un techo nacional. La Audiencia Nacional ya dijo que no, y ahora el Supremo lo confirma con una interpretación garantista.
Para una pyme, la lectura práctica es que el margen de interpretación se ha estrechado. Cualquier regulación interna que convierta el permiso en un cupo anual tiene muchas papeletas de ser anulada si llega a un juzgado. Y quien haya visto denegado un permiso con ese argumento puede reclamar.
Lo que conviene vigilar ahora es si la sentencia se traduce en criterios más concretos sobre cómo se computan los días y sobre qué se considera un hecho causante nuevo cuando la enfermedad se alarga.
Hasta entonces, el criterio es el que fija el Supremo: cada hospitalización o necesidad de cuidado abre su propio permiso de cinco días.
Guía rápida del trámite
- 📅 Plazos: No hay fecha límite ni convocatoria. Cada hecho causante abre un permiso de cinco días desde ese mismo momento; el alta no lo cierra si el cuidado sigue siendo necesario.
- ✅ Requisitos clave: Familiar hasta segundo grado con enfermedad grave, hospitalización o intervención que exija reposo domiciliario. No existe tope anual: cada hecho causante genera un permiso nuevo.
- 🌐 Dónde solicitarlo: Se comunica directamente a la empresa o empleador; no hay sede electrónica. La referencia legal está en el Estatuto de los Trabajadores, artículo 37.
- 💰 Importe o coste: El permiso es retribuido: la persona trabajadora cobra su salario habitual. Para el negocio es un coste salarial que no cubre ninguna ayuda pública.
- ⚠️ Error a evitar: Aplicar un tope de cinco días al año. Ese límite no está en la ley y puede llevar al negocio ante los tribunales.





