El nuevo Reglamento de Circulación ya está en vigor desde el 1 de octubre y ha cambiado las reglas para patinetes, bicicletas y peatones. La reforma, recogida en el Real Decreto 518/2026 de 24 de junio, obliga al casco en los vehículos de movilidad personal y fija distancias de seguridad que hasta ahora eran solo recomendaciones.
Esta actualización del Reglamento General de Circulación tiene un objetivo claro: proteger de forma prioritaria a los usuarios más vulnerables. Ciclistas, motoristas, peatones y conductores de VMP pasan a tener un marco más estricto frente a los vehículos de mayor tamaño. La Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV) subraya que estos cambios son clave para reducir la siniestralidad en los desplazamientos diarios.
Qué cambia y a quién afecta
El cambio más comentado afecta a los patinetes eléctricos. Los VMP quedan reservados a mayores de quince años y exigen un casco homologado o certificado debidamente abrochado. Por la noche o con escasa visibilidad, sus usuarios deben portar elementos luminosos o reflectantes perceptibles a 150 metros.
La segunda gran novedad llega en los adelantamientos. Quien rebase a una bicicleta, a un grupo de ciclistas, a un ciclomotor, y a un VMP o a un peatón deberá mantener una distancia lateral mínima de un metro y medio. En vías con más de un carril por sentido, la maniobra exige un cambio completo de carril.
La distancia de metro y medio deja de ser un consejo: es la frontera legal entre un adelantamiento correcto y una infracción.
En el entorno urbano aparece otro número que conviene memorizar: cinco metros de margen mínimo respecto al ciclista que anteceda al vehículo en el mismo carril. La misma separación de metro y medio se aplica al rebasar vehículos inmovilizados por avería o tareas de auxilio, maniobra en la que además hay que reducir la velocidad al menos veinte kilómetros por hora por debajo del límite de la vía.
Las bicicletas también ven ajustada su circulación. Cuando no exista una vía ciclista acondicionada, deberán situarse en la calzada y circular preferentemente por la parte central del carril. Con carácter general se prohíbe pedalear por las aceras, aunque los ayuntamientos podrán fijar exenciones puntuales, como la que ampara a los menores de doce años.
Los motoristas suman exigencias de equipamiento. En vías interurbanas pasa a ser obligatorio el uso de guantes de protección, y el calzado cerrado se requiere en cualquier tipo de vía. El chaleco reflectante de alta visibilidad debe viajar siempre en la dotación de la moto, un requisito extensible a quienes trabajan sobre dos ruedas. Como novedad organizativa, las motos podrán usar el arcén derecho a un máximo de treinta kilómetros por hora en los tramos habilitados cuando haya retenciones.
Cuándo entra en vigor y qué excepciones tiene
El Real Decreto 518/2026 se publicó el 24 de junio y su aplicación arrancó el 1 de octubre de 2026. No obstante, el articulado incluye varios periodos de adaptación que conviene conocer para no llevarse un susto antes de tiempo:
- La iluminación diurna obligatoria en los VMP tiene una moratoria transitoria hasta octubre de 2027.
- El casco homologado conforme al Reglamento UNECE R22 otorga un año de adaptación para los ciclomotores.
- La prohibición de circular en bicicleta por las aceras admite exenciones municipales para menores de doce años o zonas peatonales concretas.

Hay un tercer frente que completa el cuadro: el carril de emergencia. La norma consolida este corredor en autopistas y autovías cuando el tráfico se detiene. En vías de dos carriles, el espacio libre se forma en el centro; en calzadas de tres o más, el hueco se abre entre el carril izquierdo y el central, obligando a los vehículos situados a la izquierda a desplazarse hacia ese margen.
Cómo circular sin sorpresas desde ya
La clave está en anticipar la maniobra. Antes de adelantar, comprueba si hay espacio real para el metro y medio y, si la vía tiene dos carriles por sentido, cambia de carril por completo en lugar de rozar al ciclista. En ciudad, mantén esos cinco metros cuando ruedes detrás de una bici y no la pegues al arcén.
Si usas patinete, revisa dos cosas antes de salir: casco homologado y abrochado. Y que tu edad cumpla el mínimo legal. Para los desplazamientos nocturnos, añade reflectantes visibles a 150 metros. Si eres motorista, no dejes la moto sin chaleco reflectante: viaja contigo, no es un accesorio opcional. Puedes resolver dudas sobre la norma en la web oficial de la DGT.
Análisis: más protección real o más letra pequeña
Este reglamento es el mayor intento en años de ordenar la convivencia entre el coche, la bici y el patinete. La virtud es que convierte en obligación lo que antes era recomendación: ese metro y medio ya no depende de la buena voluntad de nadie, y eso, en una vía estrecha, cambia por completo el reparto del espacio.
La trampa está en la fragmentación municipal. La norma prohíbe circular en bici por las aceras, pero deja en manos de cada ayuntamiento las excepciones. El resultado es que un mismo patinete puede ser legal en una ciudad y no en la de al lado. Para quien conduce a diario, la letra pequeña importa tanto como la norma principal.
Sobre el calendario, la pregunta es si el periodo de adaptación basta. Un año para el casco de los ciclomotores y hasta octubre de 2027 para la luz diurna del patinete suenan razonables, pero el ritmo real lo marcarán los controles. Mientras no haya vigilancia específica, la distancia de metro y medio seguirá siendo la maniobra que muchos se saltan. El riesgo añadido es la acumulación de sanciones: cada adelantamiento mal medido puede convertirse en una infracción independiente.
🚨 Ficha de la Normativa
- Infracción / Novedad: Casco y edad mínima de 15 años en VMP, distancia de 1,5 metros al adelantar y prioridad al peatón, dentro del nuevo Reglamento General de Circulación.
- Sanción económica: No especificada en el texto del reglamento; las conductas son sancionables según la Ley de Tráfico.
- Puntos del carnet: No especificados en la norma.
- Entrada en vigor: 1 de octubre de 2026, con moratorias hasta octubre de 2027.




