miércoles, 7 enero 2026

Si llevas plumífero al volante, lee esto antes de arrancar: el artículo 18 que te arruina la cuesta de enero

Conducir con ropa de abrigo gruesa no está prohibido explícitamente, pero puede costarte hasta 200 euros si un agente aplica el reglamento. Te explicamos el riesgo del "efecto submarino" y cómo evitar la multa.

Hace frío, mucho frío, y lo primero que haces al subir al coche es encender la calefacción mientras te mantienes bien abrigado. Es un gesto casi instintivo en estas mañanas gélidas de enero donde el termómetro no perdona.

Sin embargo, ese plumífero que te salva de la hipotermia en la calle se convierte en tu peor enemigo en cuanto giras la llave del contacto. La DGT lleva años avisando, y no es solo por afán recaudatorio, sino por una cuestión de física básica que podría salvarte la vida.

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El artículo 18 y la interpretación del agente

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La Ley de Tráfico no dice textualmente «prohibido conducir con abrigo», pero sí es muy clara en su artículo 18.1. Este punto obliga al conductor a mantener su propia libertad de movimientos para garantizar la seguridad.

Aquí es donde entra el criterio de la Guardia Civil o la Policía Local. Si consideran que tu abrigo es tan voluminoso que te impide girar el volante con soltura o alcanzar la palanca de cambios, estás en problemas.

El peligroso «Efecto Submarino»

Más allá de la multa, el verdadero riesgo es invisible hasta que tienes un accidente. Se llama efecto submarino y ocurre cuando el cuerpo se desliza por debajo de la banda abdominal del cinturón de seguridad tras un frenazo brusco.

El abrigo crea una cámara de aire entre tu cuerpo y el cinturón. Al impactar, el sistema de retención no te frena contra el tórax, sino que permite que te escurras hacia abajo, estrellando tus rodillas contra el salpicadero o sufriendo lesiones internas graves en el abdomen.

Cuánto te va a costar la broma, por un plumífero

Si un agente decide sancionarte, prepara la cartera porque la cuesta de enero se va a hacer más empinada. La multa estándar suele ser de 80 euros si se considera una infracción leve por limitar la libertad de movimientos.

No obstante, si la situación se califica como conducción negligente, la cifra asciende hasta los 200 euros. Afortunadamente, en ninguno de los dos casos conlleva la retirada de puntos del carné, aunque el susto económico está garantizado.

Ni guantes ni botas de montaña

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El abrigo no es el único sospechoso habitual en invierno. Conducir con guantes reduce drásticamente el tacto y la adherencia al volante, algo que también puede ser sancionado bajo el mismo artículo 18.

Lo mismo ocurre con el calzado. Unas botas de montaña rígidas y pesadas pueden hacerte pisar dos pedales a la vez o perder la sensibilidad necesaria para frenar con precisión. La DGT recomienda usar siempre calzado flexible y con buena suela.

Checklist para conducir seguro en invierno

Para evitar multas y accidentes, lo ideal es crear una rutina antes de arrancar. Solo te llevará unos segundos y te ahorrará un disgusto mayúsculo:

  • Calefacción a tope: Enciende el coche y espera un minuto a que el habitáculo se temple.
  • Fuera abrigo: Quítate las plumas y déjalo en el asiento de atrás o en el maletero.
  • Cinturón ajustado: Asegúrate de que la banda cruza por la clavícula y se ciñe al pecho.
  • Ropa cómoda: Usa prendas ligeras que permitan movilidad total de brazos y piernas.

La seguridad por encima del confort

Sabemos que quitarse el abrigo con el coche helado es desagradable, pero la alternativa es mucho peor. Los sistemas de seguridad pasiva, como el airbag y el cinturón, están diseñados para actuar sobre el cuerpo, no sobre cinco centímetros de plumas.

La próxima vez que subas al coche, recuerda que esos dos minutos de frío inicial son el precio a pagar por llegar seguro y sin multas a tu destino. ¿Te compensa arriesgarte por no quitarte la chaqueta?


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