La infracción está documentada en la normativa de la Dirección General de Tráfico, pero apenas ha tenido difusión pública. Muchos conductores circulan día a día sin imaginar que ciertos comportamientos que parecen leves pueden desencadenar la sanción económica más elevada del catálogo. Ruiz insiste en que no se trata de una invención reciente, sino de una disposición que aparece desde el año pasado en los manuales oficiales, concretamente en las páginas dedicadas a conductas de riesgo grave en vías interurbanas.
España es uno de los países europeos con mayor densidad de normativa de tráfico. La DGT actualiza periódicamente sus protocolos para reducir la siniestralidad, aunque estas modificaciones rara vez llegan de forma clara al conductor medio. En este contexto, la multa de 600 euros es la más alta antes de entrar en la categoría de delito penal, lo que refleja la gravedad que Tráfico otorga a este tipo de conducta sobre el asfalto.
MULTA POR CONDUCCIÓN TEMERARIA: 600€ Y SEIS PUNTOS
La conducción temeraria es la infracción que origina esta sanción tan elevada. Aunque el término suena genérico, la DGT lo define con precisión: cualquier comportamiento al volante que ponga en peligro manifiesto la vida del conductor, sus ocupantes o el resto de usuarios de la vía. No hace falta provocar un accidente; basta con que el riesgo sea evidente y observable por terceros para que se aplique la sanción administrativa de 500 euros, que puede elevarse hasta 600 euros en función de las circunstancias.
Javier Ruiz señala que esta infracción incluye maniobras como frenadas bruscas sin motivo aparente, adelantamientos invadiendo el carril contrario en zona prohibida, circular en sentido contrario, o realizar zigzag entre vehículos a gran velocidad. Según el manual de la DGT, la conducción temeraria se considera una infracción muy grave desde el artículo tres del Reglamento General de Circulación, y resta seis puntos del permiso de conducción.
DIFERENCIA ENTRE NEGLIGENCIA Y TEMERIDAD AL VOLANTE
No todas las imprudencias se califican como temerarias. La conducción negligente implica distracciones o descuidos que generan riesgo, pero sin alcanzar el umbral de la temeridad manifiesta. Por ejemplo, manipular el teléfono móvil en un semáforo en rojo se considera negligente, con multa de 200 euros y pérdida de seis puntos desde 2022. En cambio, la temeridad exige que la conducta sea claramente peligrosa y perceptible de forma inmediata para cualquier observador externo.
La DGT emplea este criterio para separar ambas categorías. Si el agente aprecia que la maniobra ha generado peligro concreto para personas, puede calificarla directamente como temeraria. En caso de que el riesgo sea abstracto o potencial, la sanción se mantiene en 500 euros con seis puntos, pero sin alcanzar el tope de 600 euros reservado para situaciones de extrema gravedad o reincidencia.
¿CÓMO SE APLICA LA SANCIÓN EN CARRETERA?
Los agentes de Tráfico utilizan tanto observación directa como grabaciones aéreas de los helicópteros Pegasus para documentar conductas temerarias. Estas imágenes sirven como prueba irrefutable en el procedimiento sancionador, ya que muestran con detalle la maniobra infractora. Javier Ruiz explica que en muchos casos el conductor no es consciente de haber sido grabado hasta que recibe la notificación en su domicilio semanas después del hecho.
Una vez identificada la infracción, el expediente se tramita según el protocolo habitual de la DGT. El conductor dispone de un plazo de 20 días naturales para presentar alegaciones o abonar la multa con descuento del 50% si lo hace dentro del periodo voluntario. Sin embargo, las sanciones por conducción temeraria no permiten reducción alguna en la pérdida de puntos, que siempre será de seis unidades independientemente del momento del pago.
CASOS REALES DOCUMENTADOS POR LA DGT
La revista Tráfico y Seguridad Vial ha publicado durante años ejemplos reales de conducción temeraria captados por los helicópteros de la DGT. Entre ellos destacan casos como el de un motorista que realizó cuatro cambios de sentido irregulares consecutivos en una carretera convencional, circulando en zigzag y adelantando sobre línea continua. Otro caso documentado muestra a una conductora que manipulaba documentos sobre el volante mientras circulaba, apartando la vista de la calzada durante varios segundos seguidos.
Estos ejemplos reflejan la variedad de situaciones que pueden calificarse como temerarias. No existe un listado cerrado de maniobras, sino un criterio cualitativo basado en la intensidad del riesgo generado. La DGT insiste en que cada infracción se evalúa de forma individualizada, teniendo en cuenta el tipo de vía, la densidad del tráfico, las condiciones meteorológicas y la velocidad a la que circulaba el vehículo en el momento de la infracción.
CUÁNDO LA TEMERIDAD SE CONVIERTE EN DELITO
Si la conducta temeraria genera peligro concreto para la vida o integridad de las personas, deja de ser infracción administrativa y pasa al ámbito penal. El artículo 380 del Código Penal castiga la conducción temeraria con penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir de uno a seis años. En estos casos, el expediente se deriva automáticamente al Ministerio Fiscal, sin posibilidad de pago reducido ni tramitación administrativa ordinaria.
La diferencia entre sanción administrativa y delito radica en la naturaleza del peligro. Si un conductor adelanta de forma temeraria pero no hay otros vehículos en las inmediaciones, se aplicará la multa de 500 a 600 euros. Si en cambio ese adelantamiento obliga a otro coche a frenar bruscamente o salirse del carril, el peligro pasa de abstracto a concreto y se abre proceso penal por delito contra la seguridad vial.
RECOMENDACIONES PARA EVITAR LA SANCIÓN
Javier Ruiz recomienda a los conductores revisar periódicamente el manual de la DGT, disponible de forma gratuita en la sede electrónica del organismo. Conocer las normas actualizadas es la mejor forma de evitar sanciones por desconocimiento. Además, advierte que la tecnología de vigilancia ha avanzado considerablemente en los últimos años, con cámaras de alta resolución capaces de identificar infracciones a gran distancia y en condiciones de baja visibilidad.
Otro consejo esencial es mantener siempre la atención plena en la conducción. Las distracciones, aunque parezcan leves, pueden escalar rápidamente a comportamientos catalogados como temerarios. La DGT ha detectado que el 85% de las sanciones en campañas de control de distracciones corresponden al uso del móvil, una conducta que puede derivar en temeridad si se combina con alta velocidad o maniobras bruscas.










