jueves, 4 septiembre 2025

El SEPE puede quitarte el paro aunque no trabajes: te contamos todos los escenarios posibles

La prestación contributiva por desempleo es uno de los derechos más relevantes dentro del sistema de protección social en España. Sin embargo, no siempre está garantizada de forma indefinida: existen causas específicas por las cuales el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) puede suspender o extinguir este derecho. Conocerlas es fundamental para evitar sorpresas y estar informado sobre qué situaciones pueden poner en riesgo el cobro del paro.

A través de la Ley General de la Seguridad Social, se establece que el cobro de la prestación contributiva es incompatible con otras ayudas de carácter contributivo, así como con determinados incumplimientos de obligaciones por parte del beneficiario. En este artículo analizaremos en detalle cuáles son esas situaciones marcadas por el SEPE, qué dice la normativa y cómo puede afectar a miles de personas en situación de desempleo.

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Otras causas de suspensión de la prestación por desempleo

Fuente: agencias

Más allá de la prestación por nacimiento, existen otras circunstancias que pueden derivar en la suspensión temporal del paro. El SEPE detalla en su web los supuestos más frecuentes:

  • Sanciones por infracciones leves o graves: por ejemplo, no acudir a una cita previa, rechazar cursos de formación obligatorios o no presentarse a una entrevista de trabajo gestionada por el SEPE.
  • Incumplimiento del acuerdo de actividad: este documento compromete al beneficiario a participar en acciones de búsqueda activa de empleo o formación.
  • Trabajos de corta duración: cuando se realiza un empleo por cuenta ajena a tiempo completo o parcial de menos de 12 meses, el paro queda en suspensión hasta finalizar dicho trabajo.
  • Trabajo por cuenta propia: darse de alta como autónomo implica también la suspensión de la prestación contributiva.
  • Traslado al extranjero: si la persona se desplaza fuera de España por motivos de formación, cooperación o búsqueda de empleo, puede mantener la prestación siempre que lo comunique y cuente con autorización del SEPE.
  • Estancias en el extranjero de hasta 90 días: también deben ser notificadas, ya que la falta de comunicación puede derivar en sanciones.

En todos estos casos, lo que se produce es una suspensión, es decir, una pausa temporal en el cobro del paro. Una vez cesa la causa de suspensión, el beneficiario tiene derecho a reanudar el pago de la prestación en el punto exacto en el que lo dejó.


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