miércoles, 3 septiembre 2025

El SEPE puede quitarte el paro aunque no trabajes: te contamos todos los escenarios posibles

La prestación contributiva por desempleo es uno de los derechos más relevantes dentro del sistema de protección social en España. Sin embargo, no siempre está garantizada de forma indefinida: existen causas específicas por las cuales el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) puede suspender o extinguir este derecho. Conocerlas es fundamental para evitar sorpresas y estar informado sobre qué situaciones pueden poner en riesgo el cobro del paro.

A través de la Ley General de la Seguridad Social, se establece que el cobro de la prestación contributiva es incompatible con otras ayudas de carácter contributivo, así como con determinados incumplimientos de obligaciones por parte del beneficiario. En este artículo analizaremos en detalle cuáles son esas situaciones marcadas por el SEPE, qué dice la normativa y cómo puede afectar a miles de personas en situación de desempleo.

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La prestación por nacimiento y cuidado de menor: el caso más frecuente de suspensión

empleo
Fuente: agencias

Entre las situaciones más habituales que llevan al SEPE a suspender el paro se encuentra el acceso a la prestación por nacimiento y cuidado de menor. Esta ayuda está diseñada para proteger a las personas que han tenido un hijo por parto, adopción o acogimiento, garantizando ingresos durante el periodo de descanso laboral. Los requisitos de cotización para acceder a esta prestación varían en función de la edad del solicitante:

  • Menores de 21 años: no se exige cotización previa.
  • Entre 21 y 25 años: se requiere haber cotizado al menos 180 días en toda la vida laboral, o 90 días dentro de los 7 años anteriores al descanso.
  • Mayores de 26 años: se exige un mínimo de 360 días cotizados en la vida laboral, o 180 días en los últimos 7 años.

Durante el tiempo en que el beneficiario recibe esta prestación, la ayuda por desempleo queda automáticamente suspendida. No obstante, una vez que finalizan las 19 semanas establecidas por la Seguridad Social, el paro se reanuda en las mismas condiciones en las que se encontraba antes de la suspensión.


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