miércoles, 27 agosto 2025

La DGT lo confirma: esta es la única pegatina que puedes llevar en el parabrisas además de la de la ITV

El simple gesto de decorar el coche con un adhesivo inofensivo puede acarrear una sanción económica inesperada y considerable. Existe una enorme confusión sobre qué se puede pegar y qué no en la luna delantera, un error que muchos conductores cometen a diario.

La DGT lleva años advirtiendo sobre una costumbre tan extendida como peligrosa y, sobre todo, ilegal: la de convertir el parabrisas del coche en un escaparate de recuerdos y aficiones. Esa pegatina del pueblo, el logo de tu discoteca favorita o el escudo de tu equipo podrían parecer detalles sin importancia. Pero, ¿y si te dijera que son una invitación directa a una multa? La realidad es que la normativa es tajante y solo permite dos adhesivos concretos en la luna delantera, y saltársela te expone a una sanción que duele.

Muchos conductores circulan completamente ajenos a esta regulación, convencidos de que mientras no les quite visibilidad, no hay problema. Craso error. Las autoridades de tráfico son cada vez más estrictas con este punto, porque un adhesivo mal ubicado puede reducir el campo de visión del conductor y provocar un accidente. Sigue leyendo, porque vas a descubrir cuál es la única pegatina que puedes añadir legalmente y cómo un gesto tan simple como revisar tu cristal puede ahorrarte 200 euros de golpe.

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EL PARABRISAS: UN ESPACIO SAGRADO PARA LA SEGURIDAD

El principio fundamental que rige esta norma es simple y lógico: nada debe interferir en la visión del conductor.
El principio fundamental que rige esta norma es simple y lógico: nada debe interferir en la visión del conductor.

El Reglamento General de Circulación es meridianamente claro al respecto, aunque no lo parezca. Establece que la superficie acristalada del vehículo debe permitir la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía. Basándose en este principio, la DGT interpreta que cualquier elemento no autorizado es un obstáculo potencial, por lo que la ley prohíbe láminas, adhesivos o cortinillas no homologadas que dificulten la correcta visión, sin dejar apenas margen a la interpretación personal del agente.

Por tanto, esa colección de pegatinas de las ITV de años pasados, el recuerdo de un parque temático o la mascota de tu empresa son, a ojos de la ley, elementos de distracción. No importa que a ti te parezcan pequeños o que creas que no molestan, ya que los agentes de la Guardia Civil pueden considerar que cualquier elemento no reglamentario resta visibilidad y proceder a la sanción, aplicando un criterio que busca, ante todo, garantizar la máxima seguridad en la carretera.

LA PEGATINA DE LA ITV: LA ÚNICA OBLIGATORIA (Y CON SITIO FIJO)

La pegatina de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es el único adhesivo que obligatoriamente debe lucir tu coche en el parabrisas. No llevarla visible es motivo de sanción, pero colocarla donde a uno le apetezca, también. La normativa especifica claramente su lugar, y es que la pegatina de la ITV en vigor debe colocarse en el ángulo superior derecho del parabrisas por su cara interior, ya que es la zona que menos interfiere en el campo visual del conductor.

Incumplir esta norma puede acarrear consecuencias económicas. Si un agente te detiene y no llevas la pegatina, la multa puede ser de hasta 100 euros. Pero ojo, porque llevarla mal pegada, en el lado izquierdo o en la parte inferior, también es sancionable, porque la DGT considera que una ubicación incorrecta del distintivo de la ITV incumple la normativa de visibilidad, por lo que el resultado final puede ser exactamente el mismo: una multa que te podrías haber ahorrado fácilmente.

EL DISTINTIVO AMBIENTAL: EL INVITADO QUE SE VOLVIÓ IMPRESCINDIBLE

Con la llegada de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), apareció una segunda pegatina que ha generado un mar de dudas.
Con la llegada de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), apareció una segunda pegatina que ha generado un mar de dudas.

La segunda y última pegatina que cuenta con el beneplácito de la DGT es el distintivo ambiental. Este adhesivo clasifica los vehículos según su potencial contaminante (0 Emisiones, ECO, C y B) y, aunque su uso no es obligatorio a nivel nacional, sí lo es para poder acceder, circular o aparcar en las ZBE de más de 150 municipios españoles. Por tanto, la etiqueta medioambiental se ha convertido en un elemento prácticamente imprescindible para miles de conductores, que la necesitan para su día a día.

A diferencia de la ITV, su colocación no está estrictamente regulada, pero la propia DGT emitió una instrucción para aclarar dónde debía ir. Para evitar problemas de visibilidad y unificar criterios, se marcó su sitio ideal, y es que la recomendación oficial es adherir el distintivo ambiental en el ángulo inferior derecho del parabrisas, un lugar que no obstaculiza la visión y permite a las cámaras de control de las ZBE identificarla correctamente. La lógica de la DGT es clara: esquinas superiores e inferiores derechas.

¿Y QUÉ OCURRE CON TODO LO DEMÁS? LA RESPUESTA ES DOLOROSA

Cualquier otro adhesivo, por muy sentimental o estético que sea, te sitúa directamente en el terreno de la ilegalidad.

Aquí es donde no hay lugar a dudas y donde la mayoría de conductores comete el error. La DGT es inflexible: no se puede llevar ninguna otra pegatina en el parabrisas. Ni la bandera de tu comunidad autónoma, ni el indio de las rutas americanas, ni la manzana de Apple. Absolutamente nada. El motivo, una vez más, es la seguridad, ya que cualquier elemento opaco en el cristal, por pequeño que sea, crea un ángulo muerto que puede ocultar a un peatón o a un ciclista.

La sanción por infringir esta norma no es ninguna broma. El artículo 19 del Reglamento General de Circulación lo califica como una infracción grave, y esto tiene una traducción económica muy clara. Los agentes de tráfico pueden multarte con 200 euros por llevar cualquier adhesivo no autorizado en la superficie acristalada del vehículo, sin posibilidad de reducción por pronto pago en muchos casos. Una cifra que debería hacerte pensar dos veces antes de pegar el próximo recuerdo de tus vacaciones.

LA NORMA QUE NO SABÍAS QUE EXISTÍA, PERO QUE TE PUEDE SALVAR DE UNA MULTA

Conocer la regulación al detalle es la mejor herramienta para evitar sorpresas desagradables en el próximo control de carretera.
Conocer la regulación al detalle es la mejor herramienta para evitar sorpresas desagradables en el próximo control de carretera.

La base legal de todo esto es sencilla y se apoya en la necesidad de garantizar un campo de visión completo y sin interferencias para la persona que conduce. La DGT no busca afán recaudatorio con esta medida, sino reducir la siniestralidad asociada a las distracciones o a los puntos ciegos generados por elementos ajenos al vehículo. Por ello, la ley faculta al agente a sancionar cualquier objeto que, a su juicio, limite la capacidad del conductor para ver la carretera, una potestad que se aplica con rigor.

Así que la próxima vez que te subas al coche, echa un vistazo crítico a tu parabrisas. Ese simple gesto de retirar una vieja pegatina de la ITV caducada o ese adhesivo que pusiste hace años puede ser la diferencia entre un viaje tranquilo y una multa de 200 euros. Al final, la seguridad y tu bolsillo dependen de detalles tan pequeños como estos, una lección que la DGT nos recuerda constantemente, aunque a veces no la queramos escuchar.


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