Desde este año, miles de conductores en España deberán enfrentarse a una nueva normativa que marca un antes y un después en la forma de renovar su permiso de conducir. La Dirección General de Tráfico (DGT) ha decidió establecer restricciones estrictas para quienes consuman determinados medicamentos o padezcan ciertas enfermedades que pueden comprometer su seguridad al volante.
La medida de la DGT busca reducir los riesgos de accidentes de tráfico y garantizar que los conductores se encuentren en condiciones óptimas de salud. Para muchos, esta decisión supone una advertencia clara: no será posible renovar el carnet sin un informe médico favorable que avale su aptitud.
1Una medida de la DGT con impacto directo en la seguridad vial

La DGT ha dejado en claro que la seguridad en las carreteras es su prioridad. Tras analizar distintos estudios médicos y estadísticas de siniestralidad, el organismo determinó que ciertos medicamentos pueden afectar de forma notable las capacidades psicomotoras, la atención y los reflejos de quienes los consumen.
Por esta razón, aquellos conductores que estén bajo tratamiento con insulina, fármacos psiquiátricos o medicamentos vinculados a la apnea del sueño verán limitada la renovación de su carnet. El único camino posible será presentar un informe médico favorable que certifique que el tratamiento es eficaz y que la persona no representa un riesgo al volante.
Desde la DGT se insiste en que no se trata de una medida de castigo, sino de prevención. El objetivo es evitar que los efectos secundarios de ciertos tratamientos —como somnolencia, visión borrosa, mareos o pérdida de concentración— pongan en peligro tanto al conductor como al resto de los usuarios de la vía.