domingo, 2 noviembre 2025

La OCU desvela las diez ilegalidades más habituales que cometen bares y restaurantes y que muchos desconocemos 

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha desvelado las diez prácticas más habituales que a diario perpetúan los bares o los restaurantes y que no siempre son advertidas por el cliente. Ir de tapas, ir a comer a un restaurante con los amigos o tomarse un café en la terraza son placeres del día a día que están culturalmente muy enraizados en el carácter y la vida cotidianos de los españoles. La hostelería es parte esencial del modo de vida de millones de personas. Y detrás de los aromas del café recién hecho o del tintineo de las copas de vino se dan situaciones que son poco menos que prácticas que flirtean con la ilegalidad.

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LEGALES, PERO DUDOSAS SEGÚN LA OCU

Fuente: Freepik

No todos los comportamientos propios de los bares que puedan generar controversia son ilegales, de hecho, algunos, aunque pueda considerarse que son moralmente cuestionables, se encuentran dentro de los límites establecidos por el ordenamiento jurídico. La OCU ha reunido una serie de ejemplos muy llamativos de situaciones que pueden llegar a provocar inevitablemente el descontento entre los consumidores. Ejemplos de estas son el caso de rechazar las reservas realizadas para una única persona.

De hecho, muchas de las propias plataformas de reserva de mesas para restaurantes se encuentran configuradas para aquellas que acogen a un mínimo de dos comensales, mientras que las reservas para una sola persona caen en la inacción, es decir, se les da la espalda. Esta es una práctica que, aunque pueda parecer discriminatoria, continúa siendo absolutamente legal siempre y cuando esta práctica no esté fundamentada en criterios que resulten perjudiciales e ilegales como puede ser, por ejemplo, la raza, el sexo o la discapacidad.

La razón de esta situación es la económica, la rentabilidad de una mesa para una persona es mucho menor que para dos, tres o más personas, todo esto se encuentra sujeto a debate en la ética de las relaciones mercantiles y según si se valore más la rentabilidad que la equidad. Otro ejemplo polémico podría ser, por ejemplo, cobrar aquellas cosas que antes se consideraban incluidas en el precio del servicio: la leche del café, el hielo de la copa, o el aperitivo que llega a la mesa sin haberlo solicitado.

El tercer ejemplo es la prohibición del uso del baño a las personas no clientes, una medida que puede ser especialmente dolorosa en el caso de personas adultas jóvenes, personas mayores o personas que solicitan ir al baño porque deben hacer las necesidades imperiosamente. La ley no obliga a los bares a permitir ir al baño a quienes no han consumido, si bien muchos argumentan que deberían existir cierta flexibilidad, en los casos más difíciles, a la hora de ir al baño.


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