La DGT ha abierto un nuevo y complejo frente en la batalla por la seguridad vial, uno que ya no se libra solo en el asfalto, sino en los circuitos y el software de nuestros coches. Estamos entrando en una era en la que la tecnología, esa que nos prometieron como un ángel guardián, puede convertirse en un delator inesperado ante las autoridades. El avance imparable de los asistentes a la conducción ha traído consigo una consecuencia imprevista para el conductor medio: la posibilidad de ser multado no por una infracción cometida conscientemente, sino por un fallo invisible en los sistemas que, precisamente, debían evitarla.
Este escenario dibuja un panorama desconcertante para millones de conductores. La responsabilidad sobre el correcto funcionamiento de los sistemas avanzados de asistencia a la conducción (ADAS) recae exclusivamente sobre nuestros hombros, una carga que muchos desconocen hasta que reciben la notificación de la multa. Imaginen la situación: un sensor descalibrado por un bache o un pequeño golpe de aparcamiento, un fallo que no muestra un aviso evidente en el salpicadero, es ahora una deficiencia técnica sancionable a ojos de la Dirección General de Tráfico. Se trata de un nuevo paradigma que nos obliga a entender nuestro vehículo de una forma mucho más profunda.
3LA LETRA PEQUEÑA DEL REGLAMENTO: ¿QUIÉN PAGA LA FACTURA DE LA MULTA?

La base legal para estas sanciones se encuentra en el Reglamento General de Circulación, que es muy claro al respecto. El artículo 11 establece la obligación del conductor de verificar que su vehículo cumple con las condiciones técnicas que garantizan la seguridad. Aunque el reglamento no mencione explícitamente «fallo de software» o «sensor descalibrado», la DGT aplica la norma de forma extensiva, lo que incluye el correcto funcionamiento de todos sus sistemas electrónicos, sean o no de serie. La ley no entiende de tecnología, entiende de responsabilidad.
Desde el punto de vista de la administración, la lógica es aplastante. La DGT no distingue entre un fallo mecánico tradicional, como unos frenos desgastados, y uno electrónico, como un radar que no funciona. Ambos casos suponen circular con un vehículo que presenta deficiencias técnicas graves. Por tanto, la responsabilidad es intransferible: es del conductor. El desconocimiento de la avería no sirve como eximente, ya que se presume que el propietario debe ser diligente en el mantenimiento integral de su automóvil, un deber que ahora se extiende al complejo universo del software y los sensores.