El Banco de España ha vuelto a poner sobre la mesa una realidad que afecta a miles de ciudadanos cada año al solicitar el que, probablemente, sea el producto financiero más importante de sus vidas: la hipoteca. En el tenso proceso de negociación con una entidad bancaria, donde la asimetría de información juega a menudo en contra del cliente, surgen condiciones y cláusulas que pueden parecer innegociables. Sin embargo, el supervisor bancario ha sido tajante al confirmar, una práctica que durante años ha generado confusión y costes extra a los futuros propietarios, es completamente ilegal. Hablamos de la imposición de contratar un seguro de vida como condición indispensable para la concesión del préstamo.
Esta clarificación no es un detalle menor en la letra pequeña de un contrato; es un pilar fundamental que equilibra la balanza en favor del consumidor. Lo que el Banco de España clarifica no es una novedad legislativa, sino la confirmación de una normativa ya existente que busca proteger al cliente de las ventas vinculadas abusivas. Supone un alivio para quienes se sienten acorralados por la necesidad de financiación, obligados a aceptar paquetes de productos que no desean o que podrían obtener en mejores condiciones en otro lugar. Conocer esta directriz, una directriz que protege al consumidor frente a posibles abusos, otorga al futuro hipotecado una herramienta de negociación poderosa y la certeza de que la ley está de su lado.
2LA VENTA VINCULADA: EL ‘TRUCO’ ILEGAL QUE TE CUELAN CON LA HIPOTECA

La práctica de obligar a contratar un seguro de vida para obtener una hipoteca se conoce técnicamente como «venta vinculada». La Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario la prohíbe expresamente porque coarta la libertad del consumidor. Cuando una entidad te dice que solo te dará el dinero si firmas una póliza de vida con la aseguradora del grupo o con una que ellos designen, está incurriendo en una ilegalidad. El posicionamiento del Banco de España es firme en este aspecto, ya que, se considera una práctica abusiva porque limita tu libertad de elección como consumidor, impidiéndote buscar en el mercado una oferta de seguro que se ajuste mejor a tus necesidades o que, simplemente, sea más económica.
Es importante no confundir la «venta vinculada» (ilegal) con la «venta combinada» (legal). En la venta combinada, el banco te ofrece un paquete de productos, pero también te da la opción de contratarlos por separado, aunque sea en condiciones diferentes. La clave está en la libertad de elección. Si el banco te permite contratar su seguro de vida con una bonificación, pero también te acepta una póliza de otra compañía (lo que se conoce como seguro externo), entonces la práctica es legal. El problema surge cuando la única puerta de acceso a la hipoteca es su seguro, y no hay más alternativas. Por eso, la diferencia fundamental reside en si los productos se pueden adquirir por separado o no, marcando el límite entre una estrategia comercial legítima y un abuso.