lunes, 21 julio 2025

«La carretera no es tu baño»: la multa de 200€ y 3 puntos por orinar en el arcén que muchos ignoran

Recibir una multa por una necesidad fisiológica durante un largo viaje en coche puede sonar a broma pesada, pero es una realidad que miles de conductores en España desconocen. Esa parada aparentemente inofensiva en el arcén para aliviarse, un gesto que muchos han realizado o se han planteado hacer, puede acarrear consecuencias económicas y administrativas severas. Lo que parece una solución rápida a un problema urgente se convierte en un riesgo para la seguridad vial, y la Dirección General de Tráfico no duda en sancionarlo con rigor, transformando un simple alivio en un verdadero quebradero de cabeza que pocos conductores anticipan. La sanción no solo afecta al bolsillo, sino también al carné de conducir, una doble penalización por un acto común pero gravemente malinterpretado.

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El quid de la cuestión no reside en el acto de orinar en sí, que puede ser sancionado por otras vías, sino en el hecho de detener el vehículo en un lugar no habilitado para ello sin una causa de fuerza mayor. El arcén es una zona de alto riesgo, concebida exclusivamente para emergencias reales, y detenerse por un apretón no entra en esa categoría. Por tanto, el desconocimiento de la normativa no exime de su cumplimiento, una máxima legal que en la carretera adquiere una dimensión especialmente crítica por las vidas que están en juego. Entender por qué este gesto aparentemente trivial es tan peligroso y está tan perseguido es fundamental para cualquier persona que se ponga al volante en nuestro país.

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EL ARCÉN NO ES UN ÁREA DE DESCANSO: EL PELIGRO QUE ESCONDE

Fuente Pexels

El Reglamento General de Circulación es meridianamente claro al respecto: la parada y el estacionamiento en el arcén de una autovía o autopista están terminantemente prohibidos. Esta zona del asfalto está reservada única y exclusivamente para situaciones de emergencia, como una avería mecánica, un problema médico súbito o cualquier otra circunstancia que impida continuar la marcha con seguridad. Una necesidad fisiológica, por muy apremiante que sea, no se considera una emergencia justificada a ojos de la ley, por lo que detener el vehículo por este motivo supone una infracción grave. La potencial multa asociada a esta acción busca disuadir a los conductores de utilizar este espacio como un área de servicio improvisada, ya que el riesgo de alcance por parte de otros vehículos es extraordinariamente elevado.

Además del peligro que supone el propio vehículo detenido, bajarse de él multiplica exponencialmente los riesgos. Un conductor o pasajero que desciende del coche en el arcén se convierte instantáneamente en un peatón en una vía de alta velocidad, un elemento vulnerable e imprevisto para el resto de los usuarios. La normativa exige el uso del chaleco reflectante antes de abandonar el habitáculo precisamente para mitigar esta peligrosidad, pero la mejor prevención es no generar la situación de riesgo en primer lugar. La sanción por la parada indebida no es un capricho recaudatorio, sino una medida de protección fundamental para evitar atropellos y colisiones fatales que, lamentablemente, ocurren con demasiada frecuencia en estas circunstancias.

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