La cadena de distribución alemana Aldi sigue recibiendo críticas sin parar. La última acción que ha hecho estallar a sus consumidores es el incumplimiento del supermercado alemán en sus horarios y sus días de apertura, que está provocando que con el calor los clientes se desplacen al establecimiento físico y se lo encuentren cerrado dentro del horario de apertura.
En este contexto, Aldi debe entender que es importante que se respeten los horarios de apertura para garantizar una buena gestión de la jornada laboral de los empleados, cumplir con las normativas legales, y asegurar un equilibrio entre las necesidades del propio supermercado y el bienestar laboral.
Sin ir más lejos, la cadena de distribución alemana cuenta en la gran mayoría de locales que tiene en España unos horarios predeterminados. La gran mayoría de sus tiendas en época estival tienen un horario de 9 de la mañana hasta las diez de la noche, y en el resto del año el cierre en los establecimientos de Aldi cambia, pasando a bajar la persiana a las nueve de la noche.

LOS CLIENTES SIGUEN AVISANDO A ALDI DE SUS MALAS PRÁCTICAS
En este sentido, es crucial que las diferentes cadenas de distribución respeten los horarios y los días de apertura para los clientes porque facilita la planificación de sus compras, evita frustraciones, y asegura una experiencia de compra consistente. Asimismo, un horario predecible y que realmente se cumpla, permite a los clientes organizar sus actividades diarias, y asegurarse de que pueden acceder al supermercado cuando lo necesitan.
«¿Lo de que haya un cartelón que abrís los domingos de 9 h a 15 h en vuestra tienda de la Constitución en Santander, y haya ido el domingo pasado y estuviera cerrado, ¿cómo funciona?»; «Me parece vergonzoso que el Aldi de Fuenlabrada a las 21 no nos dejen entrar, cuando realmente cierran a las 21.30. Si no quieren que entre la gente para cerrar a su hora que lo especifiquen», expresan algunos de los clientes a MERCA2.
LOS CAMBIOS DE HORARIOS Y DE APERTURAS SIN AVISAR EN ALDI PROVOCAN EL CAMBIO DE SUPERMERCADO POR PARTE DE LOS CLIENTES
No obstante, las respuestas que reciben los clientes de la cadena de distribución alemana no les convencen. Siempre arrancan sus respuestas diciendo que lo sienten mucho, y que les comenten la situación con más información. Si bien, esto deja ver el poco control que tiene Aldi de sus supermercados repartidos por España, donde si se incumple la ley parece que no se dan cuenta.
Asimismo, al estar cambiando los horarios y los días de apertura, Aldi corre el riesgo de que sus clientes dejen de serlo. El caso es que la competencia revisará los horarios de los supermercados que tienen más cerca, puesto que los clientes pueden decidir visitar a la competencia en caso de que tu establecimiento este cerrado.

Con lo que no cuenta Aldi es que un horario consistente ayuda a construir una relación de confianza entre la cadena de distribución y sus clientes, fomentando la fidelidad, cosa que el supermercado alemán está perdiendo a día de hoy. Y, por otro lado, las cadenas de distribución que sí respetan sus horarios suelen ser más competitivas, ya que los clientes prefieren elegir un supermercado con horarios predecibles y confiables.
LA NORMATIVA DE HORARIOS DE APERTURA QUE ALDI DEBERÍA CUMPLIR
En este sentido, Aldi debería de estar siguiendo la normativa básica en materia de horarios comerciales se encuentra regulada en la Ley 1/2004, de 21 de diciembre de los Horarios Comerciales (LHC) dictada en el ejercicio de las competencias exclusivas del Estado en materia de bases y ordenación de la economía, reconocidas en el artículo 149.1.13ª de la Constitución, y con el respeto a las competencias en materia de comercio interior de las Comunidades Autónomas, asumidas en sus respectivos Estatutos de Autonomía.
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Y, por otro lado, dentro de la normativa también se habla de los domingos; es decir, de días festivos. «El número mínimo de domingos y festivos en los que los comercios podrán permanecer abiertos al público será de dieciséis. No obstante, las Comunidades Autónomas podrán modificar dicho número en atención a sus necesidades comerciales, incrementándolo o reduciéndolo, sin que en ningún caso se pueda limitar por debajo de diez el número mínimo de domingos y festivos de apertura autorizada».