Los aeropuertos españoles se han convertido en un escenario recurrente de dudas y estrés para miles de viajeros que, cada día, se enfrentan a los controles de seguridad. Las normativas sobre lo que se puede y no se puede llevar en el equipaje de mano parecen claras, pero la realidad es que evolucionan constantemente, introduciendo cambios sutiles pero cruciales que pueden pillar desprevenido al pasajero más experimentado. Ahora, una nueva directriz, poco publicitada pero aplicada con rigor, afecta a un objeto cotidiano que muchos usamos para conservar alimentos o medicinas, un elemento que se ha convertido en un nuevo quebradero de cabeza en la línea de seguridad y que amenaza con arruinar el inicio de un viaje si no se conoce de antemano.
La confusión es el peor enemigo a la hora de volar, y la falta de información clara sobre estas actualizaciones puede llevar a situaciones muy desagradables, desde la confiscación de objetos personales hasta la pérdida de tiempo y, en el peor de los casos, la imposición de sanciones. La línea entre lo permitido y lo prohibido se ha vuelto más fina en lo que respecta a ciertos artículos que hasta ahora no generaban controversia. Conocer al detalle esta nueva normativa, especialmente la que atañe a los líquidos congelados, es la diferencia entre un paso fluido por el control y un mal trago que puede acabar con tus pertenencias en un contenedor, una situación que se puede evitar fácilmente con la información correcta.
3NO OLVIDEMOS LOS CLÁSICOS: EL ETERNO LÍMITE DE LOS 100 ML

Aunque surjan nuevas prohibiciones, la normativa más conocida y que más quebraderos de cabeza sigue generando es la relativa a los líquidos, aerosoles y geles (conocidos por las siglas LAG). Esta regla, implantada hace ya muchos años, sigue plenamente vigente y es uno de los principales motivos de retención de objetos en los controles de los aeropuertos. Es crucial recordar que cada pasajero puede llevar un máximo de un litro en total, distribuido en botes que no superen los 100 mililitros cada uno, y todos ellos deben ir dentro de una única bolsa de plástico transparente con sistema de apertura y cierre.
Esta norma afecta a una enorme cantidad de productos de uso diario, desde el champú, el gel de ducha o la pasta de dientes hasta la espuma de afeitar, los perfumes, las cremas o el maquillaje líquido. La recomendación es clara: comprar formatos de viaje o utilizar botes rellenables para no tener que deshacerse de productos a menudo costosos. Un error muy común es pensar que un bote de 200 mililitros a medio llenar está permitido; no es así, ya que lo que cuenta es la capacidad total del envase, no la cantidad de producto que contenga en ese momento, un detalle que muchos viajeros pasan por alto.