sábado, 28 junio 2025

Sabías que hay nuevos artículos prohibidos en el equipaje de mano en los aeropuertos españoles: Conócelos y evita multas

Los aeropuertos españoles se han convertido en un escenario recurrente de dudas y estrés para miles de viajeros que, cada día, se enfrentan a los controles de seguridad. Las normativas sobre lo que se puede y no se puede llevar en el equipaje de mano parecen claras, pero la realidad es que evolucionan constantemente, introduciendo cambios sutiles pero cruciales que pueden pillar desprevenido al pasajero más experimentado. Ahora, una nueva directriz, poco publicitada pero aplicada con rigor, afecta a un objeto cotidiano que muchos usamos para conservar alimentos o medicinas, un elemento que se ha convertido en un nuevo quebradero de cabeza en la línea de seguridad y que amenaza con arruinar el inicio de un viaje si no se conoce de antemano.

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La confusión es el peor enemigo a la hora de volar, y la falta de información clara sobre estas actualizaciones puede llevar a situaciones muy desagradables, desde la confiscación de objetos personales hasta la pérdida de tiempo y, en el peor de los casos, la imposición de sanciones. La línea entre lo permitido y lo prohibido se ha vuelto más fina en lo que respecta a ciertos artículos que hasta ahora no generaban controversia. Conocer al detalle esta nueva normativa, especialmente la que atañe a los líquidos congelados, es la diferencia entre un paso fluido por el control y un mal trago que puede acabar con tus pertenencias en un contenedor, una situación que se puede evitar fácilmente con la información correcta.

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EXCEPCIONES A LA REGLA: COMIDA INFANTIL Y MEDICAMENTOS BAJO LUPA

Fuente Pexels

A pesar de la rigidez de la norma sobre congelados, existen excepciones importantes que afectan a alimentos infantiles y medicamentos líquidos que no estén congelados. Se permite llevar en el equipaje de mano leche para bebés, zumos, agua o purés en cantidades superiores a los 100 mililitros, siempre que el bebé viaje con el pasajero. No obstante, es fundamental entender que estos artículos no están exentos de inspección y que su admisión queda supeditada a que su uso sea necesario durante el viaje, incluyendo el vuelo y posibles escalas, por lo que no se debe abusar llevando cantidades excesivas que no se justifiquen.

El caso de los medicamentos es similar. Se pueden transportar medicinas líquidas, como jarabes o insulina, en envases de más de 100 mililitros si son imprescindibles para el pasajero durante el trayecto. Sin embargo, es altamente recomendable llevar consigo una receta médica o un informe que justifique su necesidad. Al pasar el control, estos productos deben presentarse por separado del resto de líquidos y el personal de seguridad tiene la última palabra y puede realizar inspecciones adicionales, que pueden incluir la apertura de los envases para su comprobación. La clave es la justificación y la transparencia.


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