Asomar el codo por la ventanilla para combatir el calor veraniego es habitual, pero la DGT advierte que esta práctica puede derivar en sanciones si afecta la libertad de movimientos o la seguridad al volante. Aunque no figura literalmente en la normativa, el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación contempla cualquier maniobra que ponga en riesgo el control del vehículo.
La DGT aclara que la multa no recae por el mero gesto de sacar el brazo, sino por el peligro que ello supone: en un choque lateral, un impacto o un roce contra otro vehículo, quien tiene el codo fuera se expone a lesiones graves o amputaciones. Más allá de la sanción, el riesgo físico es la razón principal para evitar esta costumbre.
6Otras prácticas sancionables al volante

Además del codo fuera, la DGT recuerda que arrojar objetos, sostener el móvil o conducir con auriculares suponen infracciones directas. Estas conductas distraen y dificultan la atención, pudiendo acarrear multas y pérdida de puntos. Mantener una postura correcta y sin distracciones minimiza cualquier riesgo legal.
Conducir de forma ergonómica, con respaldo ajustado y manos en la posición 9 y 3, optimiza la comodidad y reduce la fatiga. Estas buenas prácticas, alentadas por la DGT, fortalecen la prevención de accidentes y ayudan a conservar el carné sin contratiempos…