miércoles, 25 junio 2025

Esto es lo que ocurre si conduces con el codo fuera: la DGT lo aclara y te cuenta cómo evitar la multa

Asomar el codo por la ventanilla para combatir el calor veraniego es habitual, pero la DGT advierte que esta práctica puede derivar en sanciones si afecta la libertad de movimientos o la seguridad al volante. Aunque no figura literalmente en la normativa, el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación contempla cualquier maniobra que ponga en riesgo el control del vehículo.

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La DGT aclara que la multa no recae por el mero gesto de sacar el brazo, sino por el peligro que ello supone: en un choque lateral, un impacto o un roce contra otro vehículo, quien tiene el codo fuera se expone a lesiones graves o amputaciones. Más allá de la sanción, el riesgo físico es la razón principal para evitar esta costumbre.

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El artículo 18.1 y la libertad de movimientos

Fuente: Merca2

El Reglamento General de Circulación establece en su artículo 18.1 que el conductor debe mantener una postura que permita maniobrar con libertad. La DGT interpreta que sacar el codo puede limitar esta capacidad, constituyendo una falta sancionable si entorpece el control del vehículo…

Aunque no menciona textualmente “codo fuera”, cualquier acción que dificulte la libre movilidad de brazos y manos puede aplicarse bajo este precepto. La DGT aplica esta norma para velar por el correcto manejo del vehículo, priorizado siempre la seguridad.


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