jueves, 15 mayo 2025

¿Sabías que la DGT también puede multarte según cómo abras el maletero?

Quizás nunca te lo habías planteado, pero hay gestos tan rutinarios que los hacemos sin pensar… y que, sorprendentemente, pueden acabar en multa. Uno de esos casos es el momento en el que abrimos el maletero del coche para colocar la compra. Colocar unas bolsas en el suelo, aunque solo sea por un instante, parece de lo más inocente. Pero no lo es tanto si se atiende a lo que dice el Reglamento General de Circulación.

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La DGT lo tiene claro: cualquier objeto que interfiera en la circulación de peatones o vehículos, por mínimo que sea, puede ser motivo de sanción. Y no importa si es una caja, una mochila o una simple bolsa de supermercado. Si está en la calzada o incluso en un aparcamiento público o privado, puede considerarse una obstrucción, y eso, según la normativa vigente, se castiga con hasta 80 euros de multa.

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Los parkings tampoco son una zona libre de sanciones de la DGT

maletero lleno multa dgt
Fuente: Merca2

Otra de las grandes confusiones es creer que dentro de un aparcamiento se puede hacer de todo. Al fin y al cabo, no hay tanto tráfico, es un espacio más controlado… pero no, no es tan simple. Si el sitio está destinado al tránsto de vehículos, entonces se aplica la normativa de circulación como en cualquier otro espacio.

Dejar bolsas entre coches, en medio de un pasillo o junto a una plaza de aparcamiento puede suponer un obstáculo real. Y aunque pueda parecer una nimiedad, basta que otro conductor tenga que maniobrar o un peatón quiera pasar para que la situación se complique. La DGT lo vigila, y cada vez más.


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