El auge de los patinetes eléctricos ha transformado el paisaje urbano de nuestras ciudades, ofreciendo una alternativa de movilidad ágil y, en teoría, sostenible. Sin embargo, esta nueva realidad ha traído consigo un incremento notable de situaciones de riesgo y un cierto caos normativo que la Dirección General de Tráfico, conocida por todos como la DGT, ha tenido que empezar a poner en orden para garantizar la seguridad de todos los usuarios de la vía pública. La convivencia entre estos Vehículos de Movilidad Personal (VMP) y el resto de actores del tráfico, desde peatones hasta automóviles, se ha convertido en un desafío que requiere normas claras y sanciones disuasorias para quienes las incumplen.
Y es que, entre el maremágnum de ordenanzas municipales y las directrices estatales, hay una cifra que resuena con especial contundencia en los oídos de los usuarios de patinetes: la multa de 1000 euros. No se trata de una exageración ni de un farol para asustar al personal; esta sanción es muy real y se aplica en casos específicos que la DGT considera de extrema gravedad, equiparando la irresponsabilidad al manillar de un VMP con la de conducir otros vehículos bajo ciertas circunstancias. Comprender a fondo cuándo y por qué se puede llegar a esta penalización máxima, así como el resto de la normativa aplicable, es fundamental para evitar sustos económicos y, lo que es más importante, para contribuir a una circulación más segura y respetuosa en nuestras calles.
5LA HOJA DE RUTA DE LA DGT: CERTIFICADOS, LUCES Y UN FUTURO MÁS SEGURO

La Dirección General de Tráfico no solo se enfoca en regular el comportamiento de los conductores de VMP, sino que también ha puesto el foco en las características técnicas de los propios vehículos para garantizar unos estándares mínimos de seguridad. Desde el 22 de enero de 2024, todos los patinetes eléctricos que se comercialicen nuevos deben contar con un certificado de circulación que acredite que cumplen con los requisitos técnicos establecidos en el manual de características de los VMP, y a partir del 22 de enero de 2027, esta exigencia se extenderá a todos los VMP en circulación, no solo a los nuevos. Esto implica que los vehículos deben disponer, entre otros elementos, de sistemas de frenado adecuados, luces delanteras y traseras, catadióptricos y un avisador acústico (timbre).
Esta nueva regulación técnica impulsada por la DGT busca homogeneizar el parque de VMP, asegurando que todos los vehículos que circulen por las vías públicas cumplan con unos requisitos mínimos de seguridad y calidad. La velocidad máxima permitida para estos vehículos está limitada a 25 kilómetros por hora, y no pueden disponer de sillín, salvo que cuenten con un sistema de autoequilibrado. Con estas medidas, la DGT aspira a integrar de forma más ordenada y segura estos nuevos modos de transporte en el complejo entramado de la movilidad urbana, protegiendo tanto a sus usuarios como al resto de ciudadanos, y avanzando hacia un modelo donde la convivencia y el respeto por las normas sean la tónica dominante en nuestras calles.