El auge de los patinetes eléctricos ha transformado el paisaje urbano de nuestras ciudades, ofreciendo una alternativa de movilidad ágil y, en teoría, sostenible. Sin embargo, esta nueva realidad ha traído consigo un incremento notable de situaciones de riesgo y un cierto caos normativo que la Dirección General de Tráfico, conocida por todos como la DGT, ha tenido que empezar a poner en orden para garantizar la seguridad de todos los usuarios de la vía pública. La convivencia entre estos Vehículos de Movilidad Personal (VMP) y el resto de actores del tráfico, desde peatones hasta automóviles, se ha convertido en un desafío que requiere normas claras y sanciones disuasorias para quienes las incumplen.
Y es que, entre el maremágnum de ordenanzas municipales y las directrices estatales, hay una cifra que resuena con especial contundencia en los oídos de los usuarios de patinetes: la multa de 1000 euros. No se trata de una exageración ni de un farol para asustar al personal; esta sanción es muy real y se aplica en casos específicos que la DGT considera de extrema gravedad, equiparando la irresponsabilidad al manillar de un VMP con la de conducir otros vehículos bajo ciertas circunstancias. Comprender a fondo cuándo y por qué se puede llegar a esta penalización máxima, así como el resto de la normativa aplicable, es fundamental para evitar sustos económicos y, lo que es más importante, para contribuir a una circulación más segura y respetuosa en nuestras calles.
2CASCOS, AURICULARES Y OTROS QUEBRADEROS DE CABEZA (Y DE BOLSILLO)

Si bien la sanción más cuantiosa está reservada para los supuestos de alcohol y drogas, existen otras infracciones que, aunque con multas menores, no dejan de ser importantes y reflejan comportamientos peligrosos que la DGT quiere erradicar. Una de las más comentadas es la relativa al uso del casco, un elemento de protección cuya obligatoriedad ha generado cierta confusión entre los usuarios, pero que progresivamente se está clarificando a través de las normativas de la Dirección General de Tráfico y, sobre todo, de las ordenanzas municipales, que son las que suelen concretar esta exigencia. Incumplir la obligación de llevar casco, donde esta sea preceptiva, suele acarrear una sanción de 200 euros.
Otro comportamiento que se persigue con ahínco es el uso de dispositivos que puedan distraer al conductor del VMP, mermando su capacidad de atención y reacción ante los imprevistos del tráfico. Circular utilizando manualmente el teléfono móvil o llevando auriculares conectados a reproductores de sonido o cualquier otro dispositivo que disminuya la atención permanente a la conducción está terminantemente prohibido y se sanciona igualmente con 200 euros, ya que estos elementos impiden percibir adecuadamente las señales acústicas del entorno y pueden provocar accidentes graves. La DGT insiste en que la atención debe estar puesta al cien por cien en la conducción.