El día a día al volante puede traer sorpresas desagradables, algunas más costosas que otras, pero pocas tan fulminantes como la que abordamos hoy. La DGT no se anda con chiquitas cuando se trata de ciertas infracciones consideradas críticas para la seguridad vial, y el desconocimiento de la norma, como bien sabemos, no exime de su cumplimiento ni de sus severas consecuencias. Hablamos de situaciones que van más allá de la simple multa económica y que pueden dejarte, literalmente, tirado en la cuneta con el coche precintado por las autoridades.
Imagínate la escena: un control rutinario, los agentes te dan el alto y, tras solicitar la documentación, descubren una irregularidad grave. No se trata de un exceso de velocidad o un mal aparcamiento, sino de algo que compromete directamente la seguridad tuya y del resto de usuarios de la vía. En cuestión de minutos, lo que era un trayecto normal se convierte en una pesadilla logística y económica, con tu vehículo inmovilizado y una serie de trámites por delante para poder recuperarlo, si es que procede. Conviene estar muy al tanto de qué situaciones activan esta medida drástica para evitar verse envuelto en un problema de semejante calibre.
1SIN SEGURO NO HAY PARAÍSO (EN LA CARRETERA)

Circular sin el seguro obligatorio de responsabilidad civil es una de las faltas más graves que se pueden cometer al volante en España. No es un capricho administrativo, sino una garantía fundamental para cubrir los daños personales y materiales que se puedan ocasionar a terceros en caso de accidente. Piensa que un siniestro, incluso uno leve, puede generar unos costes económicos enormes, y el seguro es la red de seguridad que evita la ruina tanto del responsable como de la víctima. La obligatoriedad está recogida en el Real Decreto Legislativo 8/2004, que aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, dejando claro que ningún vehículo apto para circular puede hacerlo sin esta cobertura mínima.
Las consecuencias de ser interceptado sin la póliza en vigor son contundentes y van mucho más allá de la sanción económica, que ya de por sí es considerable, oscilando entre los 601 y los 3.005 euros dependiendo del tipo de vehículo y las circunstancias. Lo verdaderamente problemático es que la ley faculta a los agentes de la autoridad a ordenar la inmovilización inmediata del vehículo, procediendo a su precinto y depósito hasta que se acredite la contratación del seguro. Además, los gastos derivados de la inmovilización, como la grúa y la estancia en el depósito municipal, corren a cargo del propietario, sumando un coste adicional importante al ya abultado de la multa impuesta por la DGT. Es una situación que bloquea por completo la movilidad y genera un trastorno considerable.