viernes, 2 mayo 2025

¡Atención! La DGT no puede multarte ni por circular mal ni por aparcar mal a partir de ahora

Como conductores, todos sabemos que no debemos actuar de manera que vulnere las leyes de tráfico. Es básico, ¿verdad? Pero más allá de eso, hay algo importante que merece ser aclarado. Resulta que hay un pequeño detalle, una duda habitual, que muchos no saben bien: ¿nos pueden multar realmente por hacer maniobras incorrectas o aparcar mal? Y más aún, ¿puede la DGT o la policía sancionarnos en espacios como los parkings de los centros comerciales?

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La respuesta no es tan simple, y hay un espacio en el que, en teoría, ningún agente tiene la autoridad para imponernos una multa, aunque eso no significa que no haya otros lugares donde las sanciones sí sean posibles. Vamos a aclarar este punto, que ha sido el centro de más de una discusión entre conductores.

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La responsabilidad del conductor sigue siendo clave para la DGT

Foto de Parkfy, app para alquilar plaza de garaje
Fuente: Merca2

Aunque la DGT y la policía tengan competencias para sancionar en estos casos, la responsabilidad última sigue siendo del conductor. La dirección recuerda que, en última instancia, la responsabilidad de respetar las normas de tráfico recae en quien está al volante. Esto incluye no solo el respeto por las señales y las normas de aparcamiento, sino también la conciencia de lo que implica circular o aparcar en espacios de uso común.

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Por lo tanto, si se circula en un aparcamiento privado o se estaciona en un lugar no habilitado, el conductor tiene que estar preparado para enfrentarse a una multa. Al fin y al cabo, es el deber de todos contribuir a la seguridad vial, incluso dentro de espacios privados que, al final, son utilizados por muchos.

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