lunes, 4 agosto 2025

El PSOE presenta una propuesta para incrementar el tipo de interés moratorio en litigios por cláusulas abusivas

En el panorama económico actual, la relación entre bancos y consumidores ha sido un tema de creciente interés y preocupación. El Grupo Socialista del Congreso ha presentado una enmienda que busca modificar la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, con el objetivo de elevar el interés de demora cuando las empresas no contribuyan a una solución consensuada en casos relacionados con cláusulas abusivas. Esta iniciativa tiene el potencial de equilibrar la balanza y brindar una mayor protección a los derechos de los consumidores.

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Intereses de Demora y Cláusulas Abusivas

La enmienda propuesta por el PSOE apunta a modificar el artículo 23 de la mencionada ley, con el fin de cambiar la forma de numerar los artículos, y el apartado 1 del artículo 19 para especificar los intereses de demora por las cláusulas abusivas. En esencia, la propuesta busca establecer que, cuando un juez condene a una empresa a restituir cantidades en un caso de cláusulas abusivas, se imponga de oficio una indemnización por mora que consistirá en un pago de un interés anual igual al del interés legal del dinero vigente en el momento en que se devengue, incrementado en un 50%. Estos intereses se considerarán producidos por días.

Además, la enmienda establece que, transcurridos dos años desde la condena a la restitución de cantidades, el interés anual no podrá ser inferior al 20%. Esta medida busca disuadir a las empresas de demorar los procesos de restitución y brindar una mayor compensación a los consumidores afectados.

Requisitos para la Aplicación de la Enmienda

La enmienda también especifica que la controversia debe estar relacionada con una cláusula de «idéntica significación» a otra que ya haya sido declarada nula por abusiva por la jurisprudencia del Tribunal Supremo, por sentencia firme inscrita en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación, o por sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Esto busca asegurar que la aplicación de la medida se limite a casos claramente establecidos como abusivos.

Además, la enmienda establece que el inicio del cómputo de los intereses será la fecha del abono por los consumidores y usuarios de las cantidades que deban ser restituidas por el empresario, y el final del cómputo será el día de la total restitución de la cantidad debida por la empresa. Esta disposición tiene como objetivo garantizar que los consumidores reciban la compensación correspondiente por el tiempo que han estado privados de sus fondos.

Impacto y Beneficios de la Enmienda

La justificación de esta enmienda señala que son «muchos» los conflictos que se han producido entre consumidores y entidades financieras, y que han sido resueltos «a menudo» de manera desfavorable a los bancos. Esto ha conllevado un «importante coste en tiempo y recursos económicos» que no se corresponde con una tutela efectiva de los intereses de los ciudadanos.

Además, el PSOE subraya el «impacto muy negativo» que estos juicios tienen sobre la imagen pública del sector financiero en su conjunto, lo que «daña» la confianza y el buen funcionamiento de la economía española.

La enmienda propuesta busca «reforzar los instrumentos de defensa de los consumidores» mediante el establecimiento de «mecanismos efectivos y ágiles de resolución alternativa de conflictos» entre los clientes y las entidades financieras. Esto representa un paso importante hacia una relación más justa y equilibrada entre bancos y consumidores, lo que podría tener efectos positivos en la confianza y el funcionamiento de la economía española.


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