Sanción a Solventis por Cobro Indebido de Comisiones
La Comisión Nacional de los Mercados de Valores (CNMV) ha impuesto una sanción de más de medio millón de euros a Solventis por cobro indebido de comisiones relacionadas con políticas de integración vertical, según lo publicado recientemente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Recurso Ante la Audiencia Nacional
Estas sanciones, que incluyen tanto multas como restitución a los clientes perjudicados, han sido confirmadas por vía administrativa por la CNMV. Sin embargo, Solventis ha recurrido la decisión ante la Audiencia Nacional, la cual ha decidido paralizar el pago de las sanciones como medida cautelar.
Por un lado, la CNMV ha multado a Solventis con 30,000 euros por incumplir la normativa en cuanto a la obligación de información a los clientes sobre incentivos derivados de la comercialización de fondos de inversión del grupo.
Infracción por Cobro Indirecto e Indebido de Incentivos
La mayor parte de la sanción recae en una infracción cometida por Solventis, la cual consiste en el cobro indirecto e indebido de incentivos a clientes de gestión discrecional de carteras provenientes de políticas de integración vertical, al mantener el cobro de comisiones de gestión para dichos clientes.
La CNMV ha impuesto una multa de 20,000 euros por esta infracción y ha ordenado una restitución a los clientes perjudicados por un total de 471,403 euros, equivalentes a los beneficios obtenidos por Solventis.
Cumplimiento de la Ley del Mercado de Valores
Según la Ley del Mercado de Valores, cuando una sociedad ofrece servicios de gestión de carteras, dicha sociedad no puede aceptar ni retener honorarios, comisiones u otros beneficios proporcionados por un tercero en relación con la prestación de dicho servicio a los clientes.