La DGT está nuevamente a la caza. En el mundo de la conducción, la seguridad es una prioridad indiscutible. Para garantizarla, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha establecido una serie de requisitos y restricciones para todos los conductores, especialmente en lo que respecta a la renovación del carnet.
13¿Qué pasa con los pacientes oncológicos para la DGT?

En el caso de enfermedades oncológicas, se establecen períodos de vigencia variados según la situación actual de la enfermedad y el tratamiento activo. Si el informe del oncólogo es favorable, se otorgará un período de vigencia de 1 año. En los casos sin evidencia de enfermedad actual y sin tratamiento activo, el período de vigencia podría ser de hasta 5 años. En los trastornos oncohematológicos, se requerirá transcurrido un período mínimo de 10 años desde la remisión completa de la enfermedad antes de poder renovar el carnet de conducir.
Por último, las personas que padecen enfermedades crónicas y degenerativas como esclerosis lateral amiotrófica, Alzheimer, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), distrofia muscular, osteoporosis, Parkinson o artritis reumatoide deberán seguir las indicaciones médicas y obtener un informe favorable para renovar el carnet de conducir.