jueves, 12 diciembre 2024

Facebook e Instagram se la juegan y cobran ilegalmente a los usuarios europeos por su privacidad

Meta, a través de Facebook e Instagram, comenzó el pasado mes de noviembre a mostrar ventanas emergentes que ‘obligaban’ a los usuarios a elegir entre pagar para evitar que utilice sus datos con fines publicitarios o no hacerlo, dando así su consentimiento, según la nueva Ley de Servicios Digitales (DSA) de la UE. Dos parlamentarios europeos han preguntado a Bruselas si estos cobros son legales o no, en base a que el consentimiento no sería «libremente otorgado» a tener un precio, como especifica el RGPD. El comisario de Mercado Interior, Thierry Breton, apunta en su reciente respuesta a que el cumplimiento de la ley por parte de Meta tendrá que ser gratuito para los y las ciudadanas europeas.

Con el fin de cumplir con la regulación europea en materia de privacidad, Meta anunció en los últimos días del pasado mes de octubre que lanzaba ambas versiones de pago tanto en Facebook como en Instagram, libres de publicidad, para que los usuarios de la Unión Europea y de Suiza puedan acogerse a la legislación comunitaria que les permite poder elegir que su información no va a ser utilizada con fines publicitarios por parte de la compañía, además de librarse de los anuncios.

Las cuestión es si, para cumplir con una legislación, Meta puede o no cobrar a los ciudadanos por no utilizar sus datos, cuando es un cuestión legal que debe atajar sin más

Según informó Meta, la opción libre de anuncios costaría 9,99 euros al mes, vía web, y 12,99 euros al mes si hacía a través de la app del móvil (más caro porque Google y Apple cobran más comisiones por el uso de sus tiendas en los sistemas operativos de los móviles). El precio se aplicaría a todas las cuentas vinculadas de un usuario en el Centro de Cuentas de ambas redes sociales, pero solo hasta el 1 de marzo de 2024, día las dos redes sociales pasarían a cobrar 6 euros al mes en la web y 8 en las app por cada cuenta adicional del usuario. Precios que, claramente, pocos ciudadanos comunitarios van a estar dispuestos a pagar.

Facebook-Facebook e Instagram cobran ilegalmente a los usuarios europeos por su privacidad
El CEO de Meta, Mark Zuckerberg.

PUBLICIDAD Y DATOS «LIBREMENTE OTORGADOS»

Las cuestión es si, para cumplir con una legislación, Meta puede o no cobrar a los ciudadanos por no utilizar sus datos, cuando es un cuestión legal que debe atajar sin más. Por esta razón, los parlamentarios europeos Kim Van Sparrentak, del Grupo de Los Verdes/Alianza Libre Europea, y Paul Tang, de grupo socialdemócrata (S&D) se movilizaron y el mismo día 21 de noviembre elevaron una pregunta a la Comisión Europea en el que pedían una aclaración esencial para el futuro de los usuarios de las dos exitosas redes sociales de Meta.

Tras exponer que «Meta ha comenzado recientemente a mostrar ventanas emergentes en sus servicios de Facebook e Instagram, que obligan a los usuarios que deseen seguir utilizando el servicio a elegir entre dos opciones», las explicaban con claridad. Por un lado «rechazar el seguimiento y otro procesamiento de sus datos personales para publicidad, optando por pagar una tarifa mensual a partir de 12,99 euros» o, por otro, «aceptar el seguimiento y otros tratamientos de sus datos personales para orientar la publicidad pero seguir utilizando el servicio de forma gratuita«.

condicionar la prestación de un servicio al consentimiento, mientras que condicionar el rechazo del procesamiento al pago nunca puede ser un consentimiento «libremente otorgado según el RGPD

Tras la exposición, los dos parlamentarios pasaban directamente al meollo de la cuestión y preguntaban: «¿Está de acuerdo la Comisión que esto es ilegal según el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) ya que condicionar la prestación de un servicio al consentimiento, mientras que condicionar el rechazo del procesamiento al pago nunca puede ser un consentimiento «libremente otorgado» según el ¿RGPD?», insistían en confirmar el reglamento concreto.

También preguntaban si estaba de acuerdo la Comisión en si «esto podría ser ilegal según la Ley de Servicios Digitales, en particular los artículos 26 (3) y 28, ya que a muchos menores en Instagram se les presenta esta opción y no está claro qué datos se están procesando?» e insistían con contundencia: » ¿Está de acuerdo la Comisión? ¿Está preparado para utilizar sus poderes de ejecución?».

Los dos parlamentarios comunitarios dejaban claro su opinión al respecto al finalizar el escrito: «Hay alternativas disponibles y viables para el seguimiento, como la publicidad contextual. Mientras millones de usuarios en la UE se enfrentan actualmente a esta elección, ¿qué hará la Comisión para garantizar urgentemente que se proteja la protección de datos adecuada y que los ciudadanos de la UE no tengan que pagar por su privacidad?

Thierry Breton
El comisario francés Thierry Breton.

FACEBOOK E INSTAGRAM DEBEN CUMPLIR SIN COBRAR

El pasado 31 de eneros, dos meses después de plantearse la pregunta, el comisario Thierry Breton ha dado una respuesta que argumenta los derechos de privacidad de los ciudadanos europeos y apunta a que podría ser ilegal que tengan que pagar a meta por ejercitar dichos derechos. Según ha respondido con contundencia «el tratamiento de datos personales para publicidad personalizada debe cumplir el Reglamento General de Protección de Datos de la UE (RGPD)».

Además, ha señalado que, «sin perjuicio de las competencias de la Comisión como guardiana de los tratados», la aplicación del RGPD en casos individuales corresponde a las autoridades y los tribunales nacionales competentes en materia de protección de datos. Y al parecer, estas autoridades nacionales de protección de datos están evaluando actualmente la conformidad del nuevo modelo de suscripción de Meta con, precisamente, el RGPD, según afirma Bretón.

Según Breton «el tratamiento de datos personales para publicidad personalizada debe cumplir el Reglamento General de Protección de Datos de la UE (RGPD)»

Para mayor severidad explica con contundencia que «la ley europea es muy clara. El artículo 26, apartado 3, del Reglamento 2022/2065 de la UE, la conocida como Ley de Servicios Digitales prohíbe a los proveedores de plataformas online presentar anuncios a los destinatarios del servicio basándose en perfiles, utilizando categorías especiales de datos personales. A la par, el artículo 28 les prohíbe también presentar anuncios basados en la elaboración de perfiles, utilizando datos personales del destinatario de su cuando tengan conocimiento con certeza razonable de que el destinatario del servicio es un menor», dice en su escrito.

Además, indica el comisario que el artículo 38 de la DSA exige que las plataformas en línea muy grandes (VLOP), como es el caso de Meta, ofrezcan al menos una opción para cada uno de sus sistemas de recomendación que no se base en la elaboración de perfiles y que «la Comisión está supervisando y evaluando el cumplimiento por parte de los VLOP, incluidos Facebook e Instagram, de sus obligaciones en materia de DSA».

los gatekeepers (guardianes) que ofrezcan a sus usuarios una alternativa menos personalizada, que puede consistir en publicidad contextual

También responde que el artículo 5, apartado 2, del Reglamento (UE) 2022/1925 (Ley de Mercados Digitales – LMC) prohíbe a los guardianes determinados tratamientos, combinaciones y usos cruzados de datos personales a menos que el usuario final haya se le haya presentado la opción específica y haya dado su consentimiento. En ausencia de dicho consentimiento, la DMA exige a los gatekeepers (guardianes) que ofrezcan a sus usuarios una alternativa menos personalizada, que puede consistir en publicidad contextual. La Comisión mantiene actualmente conversaciones con todos los gatekeepers designados, incluido Meta, en relación con su cumplimiento de esa disposición cuando empiece a aplicárseles el 7 de marzo de 2024.


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